Las cuatro condiciones para solicitar el subsidio por cotización insuficiente del SEPE
Las personas que han cotizado menos de un año y que cumplen los requisitos estipulados por el MInisterio de Trabajo pueden optar a esta prestación.
Los ciudadanos que han cotizado por un periodo inferior de un año y que cumplen una serie de requisitos fijados por el Ministerio de Trabajo y Economía cuentan con la opción de acceder al conocido como subsidio de cotización insuficiente.
Como especifica el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en su página web, existen cuatro condiciones que son necesarias cumplir para optar a este subsidio. Son las siguientes:
-Estar desempleado o desempleada y en situación legal de desempleo.
-Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción y suscribir el compromiso de actividad.
-Haber cotizado por desempleo al menos 3 meses, si se cuentan con responsabilidades familiares, o al menos 6 meses si no las tiene, y no llegar a 360 días. En el caso de tener los 360 días cotizados, tendría derecho a la prestación contributiva.
-No percibir rentas de cualquier tipo superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (Cuantías para este año). Se tendrán en cuenta las rentas íntegras o brutas. El rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, es el resultado de la diferencia entre los ingresos y gastos que hayan sido necesarios para conseguir estos ingresos. Las ganancias patrimoniales son el resultado de la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales.
Duración
Para determinar la duración del subsidio de cotización insuficiente se tienen en cuenta el número de meses cotizados y si la persona interesada tiene o no responsabilidades familiares.
Si tiene responsabilidades familiares:
-El subsidio durará 3, 4 o 5 meses, si ha cotizado 3, 4 o 5 meses, respectivamente.
-El subsidio durará 21 meses, si ha cotizado 6 o más meses (en este supuesto, el derecho se reconocerá por seis meses, y se puede prorrogar por períodos de 6 meses hasta su duración final).
Si no tiene responsabilidades familiares: el subsidio durará 6 meses, si ha cotizado 6 o más meses.
En el caso de personas trabajadoras fijas discontinuas, la duración del subsidio será igual al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.
Cuantía del subsidio
El SEPE detalla que la cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). En el caso de pérdida de trabajo a tiempo parcial, este organismo explica que dicha cuantía se percibirá en proporción a las horas previamente trabajadas en el último contrato.
El Servicio Público de Empleo Estatal informa asimismo de que el pago del subsidio se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo. Se abonará, salvo excepciones, en la cuenta que indique el solicitante, siempre que sea titular de la misma.
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