Inhibidor de radares de la DGT: ¿de cuánto es la multa y cuántos puntos te pueden quitar por usarlo?
La Ley de Tráfico contempla importantes sanciones para los conductores que utilicen dispositivos para escapar de los controles de velocidad.
La última Ley de Tráfico aprobada en noviembre de 2020 endureció las penas para los delitos relacionados con el uso de inhibidores y detectores de radares. Aunque esta ley permite utilizar aparatos que nos avisen de dónde están los radares fijos, pues son información pública, prohíbe terminantemente utilizar otro tipo de aparatos para sortear los controles. Su uso, de hecho, puede conllevar multas de hasta 6.000 euros.
En concreto, el artículo 13.6 de la Ley de Tráfico establece que “se prohíbe instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros instrumentos encaminados a eludir o a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como emitir o hacer señales con dicha finalidad”. Es conveniente saber, por tanto, qué tipos de aparatos existen, cuáles están permitidos y las multas a las que nos enfrentamos en caso de infringir la ley.
Tres tipos de aparatos
La DGT distingue entre tres tipos de aparatos: avisadores, detectores e inhibidores.
Los avisadores simplemente nos informan de dónde están los radares fijos incluidos en la base de datos de la DGT y su uso es completamente legal. Un ejemplo de avisador es el GPS del teléfono móvil.
Los detectores, en cambio, son dispositivos que rastrean y localizan radares próximos, incluidos los móviles. Su uso está prohibido y considerado como infracción grave sancionada con multas de 200 euros y 3 puntos del carné.
Por último, los inhibidores son aparatos que anulan el funcionamiento de los radares. Su uso también está terminantemente prohibido y puede acarrear sanciones de hasta 6.000 euros y 6 puntos. Además, cualquier taller que instale este tipo de dispositivos podría recibir una multa de hasta 30.000 euros.