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Declaración de la Renta 2020-21: ¿Puedo deducirme las cotizaciones a MUFACE si soy funcionario?

Todos los funcionarios mutualistas de MUFACE están obligados a cotizar a la mutualidad, a su régimen General o al Singular, y pueden deducirse el gasto.

Declaración de la Renta 2020-21: ¿Puedo deducirme las cotizaciones a MUFACE si soy funcionario?
EFE

La campaña de la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2020 comenzó el pasado 7 de abril, con lo que muchos contribuyentes ya la habrán presentado, aunque tienen que plazo para hacerlo hasta el 30 de junio. Sin embargo, existen algunas dudas, especialmente respecto a qué cosas se pueden deducir cuando se rellene el borrador.

Una de estas inquietudes gira en torno a las cotizaciones de los funcionarios, que tienen un complejo sistema de cotización. En su caso, se pueden aplicar deducciones a “las cotizaciones a la Seguridad Social o a mutualidades generales obligatorias de funcionarios”, según explica la Agencia Tributaria. Esto significa que tienen derecho a deducirse las cuotas pagadas a sistemas como por ejemplo MUFACE, régimen especial para trabajadores de las administraciones públicas. También aplicará en caso de que se estén ofreciendo servicios en el extranjero y haya obligatoriedad de pagar cuotas en el sistema de protección del país donde se ejerce la actividad.

Esta deducción la podrán aplicar tanto quienes obtengan rendimientos de trabajo como quienes obtengan rentas de actividades empresariales o profesionales.

Cotización a MUFACE

Los funcionarios mutualistas de MUFACE, bien sean obligatorios o voluntarios, están obligados a cotizar a la mutualidad, a su régimen General o al Singular, según los casos. Lo harán mediante el cargo del correspondiente recibo en su cuenta bancaria.

En este régimen do cotización, los órganos de personal de los distintos departamentos ministeriales, organismos e instituciones, deben ingresar a MUFACE las cotizaciones de sus funcionarios, previamente restadas de sus nóminas. “Para ello, el órgano de personal del organismo dónde preste sus servicios el mutualista, deberá utilizar la aplicación Cotiz@, disponible en nuestra página web, en el apartado Administración Pública de la Sede Electrónica, que permite la transmisión electrónica de la información sobre el ingreso de las cotizaciones de los mutualistas”, especifica MUFACE.