CORONAVIRUS

Cierre perimetral: ¿se puede viajar entre provincias cuando acabe el estado de Alarma?

La libre movilidad entre comunidades autónomas volverá a estar permitida desde el 9 de mayo a las 00:00 horas, cuando decaiga el estado de alarma.

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Cierre perimetral: ¿se puede viajar entre provincias cuando acabe el estado de Alarma?
Alberto Morante EFE

El 25 de octubre de 2020, el Gobierno de España declaró un estado de alarma para poder restringir la movilidad de los ciudadanos como medida contra la COVID-19. Una situación extrema que acabará el próximo domingo 9 de mayo. El objetivo es que no sea necesario prorrogar el estado de alarma. Queremos que el 9 de mayo sea el punto final del estado de alarma”, adelantó en una rueda de Pedro Sánchez, presidente del Ejecutivo.

Por tanto, a partir del 9 de mayo, finalizará también actual el cierre perimetral que impide a los ciudadanos entrar y salir de sus comunidades, salvo por casos justificados. Sin embargo, sí podrá haber cierres perimetrales de zonas sanitarias, barrios o ciudades. El artículo 3 de la ley de 1986 de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública establece que “con el fin de controlar las enfermedades transmisibles, la autoridad sanitaria, además de realizar las acciones preventivas generales, podrá adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los mismos y del medio ambiente inmediato, así como las que se consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible”.

Entre estas medidas se encuentra la mencionada limitación de movilidad entre zonas sanitarias, barrios o ciudades, aunque esta decisión requiere un aval judicial para ser aprobada, por lo que los jueces serán quienes dictaminen si aprueban o revocan las restricciones. Por su parte, los cierres perimetrales autonómicos quedarían levantados una vez finalice el estado de alarma, por lo que se podrá volver a viajar por el territorio español.

Otras medidas que acabarían con el estado de alarma

Si se cumplen las previsiones, a partir del 9 de mayo, las comunidades solo podrán tomar medidas ordinarias que no afecten a los derechos fundamentales de las personas, con lo que, además de los cierres autonómicos, también desaparecerá el toque de queda que actualmente restringe la libre circulación de las personas entre 23:00 y las 6:00 horas, aunque algunas comunidades han ampliado el margen.

También se levantaría la actual limitación en reuniones sociales y familiares celebradas en espacios públicos y privados, hasta ahora de seis personas no convivientes como máximo o incluso prohibidas entre no convivientes en domicilios en algunas comunidades. La reactivación del ocio es una de las situaciones más esperadas por los ciudadanos. A este respecto, la Comunidad de Madrid ha emitido una orden con recomendaciones, y no obligaciones, para evitar la transmisión del coronavirus.

En cambio, los horarios y aforos de los establecimientos hosteleros sí dependerán de cada comunidad autónoma, como ya ocurrió durante el verano de 2020, ya que estas limitaciones no afectan a ningún derecho fundamental.