Coronavirus: ¿qué restricciones y medidas se exigen a los franceses que llegan a Madrid?
La llegada de franceses ha provocado grandes crispaciones entre la población por el llamado "turismo de borrachera".
Desde hace ya unas semanas, la presencia de turistas franceses en la Comunidad de Madrid ya no sorprende a nadie. Se ha hecho famoso ese ‘turismo de borrachera’ que deja imágenes como la de la pasada noche del viernes, con fiestas ilegales en la calle tras el toque de queda. También ha sido muy criticado y es que, con la movilidad en España prácticamente prohibida entre comunidades, no entienden que puedan llegar cientos de jóvenes desde Francia para pasar un fin de semana en la capital del país.
Y es que la Comunidad de Madrid se ha mantenido abierta hasta el pasado viernes, cuando las restricciones de Semana Santa han caído bajo la región, prohibiendo entradas y salidas a todos los que no presenten un justificante de causa mayor.
PCR negativa y sin cuarentena
Ante la llegada de muchos turistas a la comunidad madrileña, el Gobierno ha querido incrementar los controles. Por ello, desde este martes, todos los que accedan a España desde Francia, ya sea de manera aérea, marítima o terrestre, tendrán que presentar una prueba con resultado negativo para poder entrar al país. Con ello, España se adecuada a las medidas que el país francés ya pedía para pasar sus fronteras.
La prueba tendrá que haberse realizado “en las 72 horas previas a la llegada” a España, tal y como se especifica en el Boletín Oficial del Estado (BOE), publicado este pasado sábado. “Todas las personas mayores de 6 años, procedentes de zonas de riesgo de Francia, que lleguen a España por vía terrestre deberán disponer de una prueba PCR (RT-PCR), una prueba TMA u otro tipo de prueba diagnóstica para SARS-CoV-2 basada en técnicas moleculares equivalentes, con resultado negativo”, consta en el mismo documento. Eso sí, en la llegada a España no será necesario pasar una cuarentena.
Las excepciones a la norma
Pese a la petición de una prueba negativa, existen algunos casos en los cuales no se les exigirá este negativo. Se trata de los profesionales del transporte por carretera en el ejercicio de su actividad profesional, los trabajadores transfronterizos y los residentes en zonas fronterizas, en un radio de 30 km alrededor de su lugar de residencia.
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