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Prestación por hijo a cargo: ¿cuánto se cobra por hijo en el Ingreso Mínimo Vital?

75.000 familias que recibían esta ayuda han recibido un SMS en el que se les informa que se les ha concedido de oficio este ingreso.

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A partir del pasado 1 de enero de 2021, la Seguridad Social pasó a integrar dentro del Ingreso Mínimo Vital la prestación por hijo a cargo para familias en situación de pobreza, de manera que muchas de ellas que recibían esta ayuda deben pedir el IMV. Unas 75.000 familias, como confirmó la Seguridad Social, han ido recibiendo un SMS y una resolución donde se les comunica que se les ha concedido la ayuda económica.

Además, la Seguridad Social también ha optado por enviar por escrito la comunicación, en la que se especifica el importe de ayuda mensual que se ha aprobado para cada persona en función de los miembros de la unidad de convivencia.

Así es la prestación por número de adultos y menores

La Seguridad Social establece el siguiente reparto de la prestación por hijo a cargo dentro del Ingreso Mínimo Vital:

  • Un adulto con un menor recibe 8.418 euros anuales (700 euros mensuales). Un adulto con dos menores recibe 10.080 euros anuales (838 euros mensuales). Y un adulto con tres o más menores recibe 11.741 euros anuales (977 euros mensuales).
  • Dos adultos con un menor perciben 8.861 euros anuales (738 euros mensuales). Dos adultos con dos menores perciben 10.523 euros anuales (877 euros mensuales). Y dos adultos y tres o más menores perciben 12.184 euros anuales (1.015 euros mensuales).
  • Tres adultos con un menor tienen una cantidad garantizada de 10.523 euros anuales (877 euros mensuales), y si tienen dos o más niños reciben 12.184 euros anuales (10.015 euros mensuales).
  • Cuatro adultos y un niño serían también 12.184 euros anuales (1.015 euros mensuales), y para unidades mayores de convivencia se mantendrían estas mismas cifras.

¿Quiénes pueden pedir el Ingreso Mínimo Vital?

Esta ayuda solo se puede solicitar si se cumplen una serie de requisitos:

  • Tener entre 23 y 65 años, o 18 en el caso de que tengas algún menor a cargo.
  • Sumar un año de residencia legal en España.
  • Contar con un año de independencia de la casa de tus padres en el caso de las familias o tres en el caso de personas que vivan solos.
  • Haber pedido de manera previa todas las prestaciones a las que puedas tener derecho.
  • Estar dado de alta como demandante de empleo.