Coronavirus

Los contagiados que voten en las elecciones vascas y gallegas cometerán un delito

Los Gobiernos autonómicos han advertido de posibles penalizaciones a los infectados que acudan a las urnas en ambas regiones este domingo.

Los contagiados que voten en las elecciones vascas y gallegas cometerán un delito

Las personas que tengan coronavirus no podrán acudir este domingo a las urnas en las elecciones autonómicas del País Vasco y Galicia. El anuncio fue hecho el viernes por los consejeros de Sanidad de ambas regiones, que hasta este sábado tienen 259 y 200 casos activos, respectivamente. En caso de incumplir la medida, se estaría cometiendo un delito contra la salud pública penalizable.

El consejero de Sanidad de Galicia, Jesús Vázquez Almuiña, pidió a los electores de su autonomía que se laven constantemente las manos, usen la mascarilla y acudan a votar en las horas en las que no haya mucha gente. De esa manera, aseguró, es seguro asistir a los colegios electorales de toda la región, incluso en la comarca de A Mariña, donde está el brote más importante de Galicia.

Por su parte, la consejera de Sanidad del País Vasco, Nekane Murge, aseguró que, de la misma manera en que hay personas hospitalizadas con enfermedades graves que no pueden votar, ni siquiera por correo, las personas contagiadas de coronavirus tampoco podrán hacerlo. “En este país tenemos personas con enfermedades que, como el coronavirus, les pueden impedir hacer una previsión de voto por correo y tampoco podrán hacerlo en las urnas”.

La JEC respalda a las autonomías

La Junta Electoral Central (JEC) ha dado la razón a las autonomías sobre la decisión de impedir el voto a los contagiados con coronavirus. No obstante, pidió también usar "todas las medidas necesarias para garantizar la efectividad del derecho de sufragio, preservando la salud de los ciudadanos".

En el caso del País Vasco, Elkarrekin Podemos presentó un recurso en el que pedía permitir el voto a los enfermos. Sin embargo, la JEC argumentó: "no existen datos que permitan entender que las medidas adoptadas por la administración de la comunidad autónoma del País Vasco tengan como fin último el privar a las personas de su ejercicio del derecho al voto, sino que, de manera motivada, proporcionada y adecuada, responden a la finalidad de salvaguardar otro derecho fundamental esencial, el derecho inviolable a la vida e integridad física de las personas".