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CORONAVIRUS

Control de fiebre en aeropuertos: ¿a partir de qué temperatura se considera persona de riesgo?

Todos los pasajeros que lleguen a España en avión tendrán que pasar un triple control: visual, documental y de temperatura.

Control de temperatura en el Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas
Ministerio de TransportesEUROPA PRESS

Este miércoles se abrieron las fronteras de forma parcial para permitir la entrada a personas con origen en 15 países de fuera del espacio Schengen. Es inevitable la entrada de turismo, por lo que las autoridades españolas han establecido una serie de pautas con el fin de hacer la llegada de viajeros lo más segura posible. Aquellos pasajeros que lleguen a España por vía aérea deberán someterse a un control sanitario antes de acceder al país. Tal y como reconoce el Boletín Oficial del Estado (BOE), dichas revisiones podrán incluir la toma de temperatura, un control documental y un control visual sobre el estado del pasajero.

La resolución, firmada por la directora general de Salud Pública del Ministerio, Pilar Aparicio, establece que el control de temperatura se realizará de modo rutinario con el fin de identificar viajeros con fiebre. Además, en ella se detalla cómo debe ser el procedimiento para comprobar la temperatura. Se realizará con termómetros sin contacto o por cámaras termográficas. Los datos personales recabados e imágenes captadas no podrán almacenarse, garantizando la privacidad del pasajero. Una persona será considerada de riesgo cuando su temperatura sea igual o superior a 37,5 grados.

Otros procedimientos

Además de la toma de temperatura, se realizará un control visual y documental. Para este último, los pasajeros tendrán que rellenar un formulario online a través de una página web facilitada por el Gobierno. Una vez completado, recibirán un código QR que deberán mostrar cuando entren al país. Este incluye datos personales, vía de contacto y lugar de estancia durante el viaje, además de preguntas relacionadas con el posible riesgo, como si el pasajero ha estado en contacto en los últimos 14 días con una persona contagiada por coronavirus, o si tiene algún síntoma característico de la enfermedad.

El documento también incluye el compromiso firmado por el viajero de aislarse y avisar a las autoridades sanitarias en caso de notar algún síntoma, aunque solo si lo hace en los 14 días siguientes a su llegada.

¿Qué pasa si no se superan los controles?

Cuando el pasajero tenga más de 37,5 grados o en base a la información contenida en el formulario o tras el control visual se sospeche que puede padecer Covid-19 u otra patología transmisible “será sometido a una nueva evaluación sanitaria con el fin de determinar si existe sospecha de riesgo para la salud pública. Dicho control secundario incluirá una nueva toma de la temperatura y una evaluación de su estado clínico y epidemiológico”, recoge el BOE.

Si esta segunda evaluación confirma la sospecha se activarán los protocolos de alerta sanitaria establecidos en coordinación con las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas para derivarlo a un centro sanitario.