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Ingreso Mínimo Vital: ¿se puede cobrar si percibo algún salario?

La prestación será compatible con otros ingresos, incluidos los laborales, siempre y cuando no se supere el umbral de renta establecido.

Ingreso Mínimo Vital: ¿se puede cobrar si percibo algún salario?

El Gobierno aprobó el pasado viernes el ingreso mínimo vital, una prestación de la Seguridad Social que garantiza unos ingresos mínimos a quienes carecen de ellos. La ayuda, que dependerá del nivel de renta y de patrimonio de las familias, oscilará entre los 462 y los 1.015 euros, dependiendo del número de miembros que componen el hogar. Desde que el Ejecutivo impulsó esta medida, han sido múltiples las dudas en muchas viviendas que pueden acogerse a este subsidio.

Una de ellas es si el ingreso mínimo vital es compatible con el salario que pueda percibir un miembro de una familia. El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 aclara mientras no se supere el umbral establecido, “la prestación es compatible con otros ingresos, incluidos los laborales y los obtenidos por los trabajadores autónomos”. Por tanto, la prestación no sólo se dirige a personas sin ningún ingreso o a personas desempleadas, sino también a personas y hogares con bajos ingresos y empleo precarios.

En la rueda de prensa que dio el Gobierno para presentar todos los detalles del ingreso mínimo vital, el vicepresidente segundo, Pablo Iglesias, puso el siguiente ejemplo: si una persona que vive sola tiene un empleo precario de 200 euros mensuales, pasará a cobrar 262 euros, la diferencia resultante de los 462 euros que le corresponderían al residir solo.

Incentiva la búsqueda activa de empleo

Además, el ingreso mínimo vital, según indica el Gobierno, está pensado para incentivar el empleo y el emprendimiento. Se ha establecido un mecanismo por el cual los ingresos obtenidos con el trabajo reduzcan en una cantidad menor la prestación de modo que se premie a quien logra un empleo o monta un negocio. Es decir, cuando el titular de la prestación de la prestación no tenga empleo y lo encuentre, parte de su salario estará exento transitoriamente en el cálculo de la prestación.

Por seguir con el ejemplo, si una persona sin trabajo que cobra 462 euros encuentra un trabajo a tiempo parcial en el que la remuneración es de 300 euros, no verá reducida prestación en 300 euros, sino en una cantidad inferior, incentivando de esta forma la búsqueda activa de empleo. Sucederá lo mismo en caso de que vea su salario incrementado. La cuantía del ingreso mínimo vital se reducirá, pero en una cantidad inferior. Es decir, si ese trabajador que gana 200 euros, ahora gana 250, no verá reducida su ayuda en 50 euros.