ERTE por COVID-19: cuánto dura y hasta cuándo se prorroga la prestación por fuerza mayor
Tras el acuerdo con los sindicatos y la patronal, el Gobierno extenderá estos expedientes de regulación temporal de empleo hasta el 30 de junio.
Posibilidad de despedir
Entre las medidas acordadas, destaca que las empresas deberán mantener al menos durante seis meses a los trabajadores que se hayan visto afectados por un ERTE. Si incumplen dicho compromiso, deberán reintegrar las cotizaciones sociales de las que se hubieran exonerado.
La única posibilidad permitida por el Ministerio de Trabajo es que "no resultará de aplicación el compromiso de mantenimiento del empleo en aquellas empresas en las que concurra un riesgo de concurso de acreedores".
Otras limitaciones
Las compañías que se acojan a estos expedientes por causas de fuerza mayor tendrán dos restricciones: durante este año, no podrán repartir dividendos a sus accionistas, salvo que tengan menos de 50 empleados; por otro lado, no podrán acceder al ERTE si tienen su domicilio fiscal radicado en un paraíso fiscal.
Exenciones de cuotas
Cuando se regularon los expedientes motivados por la crisis sanitaria, se estableció una exoneración de cotizaciones para las empresas que a 29 de febrero de este año tuvieran más de 50 trabajadores en alta en la Seguridad Social y del 100% para las que tuvieran menos de 50 trabajadores. Estas condiciones continuarán en mayo y junio para los ERTE por causa de fuerza mayor.