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¿Tengo que inscribirme al paro si me han hecho un ERTE?

Una de las principales dudas de los trabajadores cuyas empresas se han acogido a un ERTE durante la crisis sanitaria es saber si se tienen que inscribir al paro.

Cartel en la entrada de una Oficina de Empleo de Madrid (España), a 10 de febrero de 2020.
Eduardo Parra - Europa Press - ArchivoEUROPA PRESS

Muchas empresas de nuestro país no han tenido más remedio que acogerse a un ERTE debido a la paralización casi total de la actividad económica durante este estado de alarma. Una de las principales dudas de los trabajadores radica en la necesidad o no de inscribirse en el paro para poder recibir la prestación por desempleo.

Debido al cierre de las oficinas de empleo, y para facilitar la tramitación, el empleado no tendrá que inscribirse al paro ni realizar ningún otro trámite. Esto correrá por parte de la empresa que haya solicitado el expediente de regulación de empleo temporal por causa mayor. La compañía comunicará a las autoridades qué empleados están afectados por la medida. 

Esta es una de las grandes novedades introducidas por el Gobierno, puesto que el procedimiento reglamentario hasta esta nueva regulación, sí se requería previamente la inscripción como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o en el Servicio de Empleo Autonómico correspondiente.

Se calcula que hay alrededor de un millón y medio de trabajadores afectados y con esta medida recibirán una prestación que cubrirá el 70% de su base reguladora,un indicador utilizado para calcular prestaciones que es ligeramente inferior al sueldo habitual. 

Prestación máxima

La cantidad máxima que recibirá un trabajador ascenderá a 1.098,09 euros, aunque varía en función de si se tienen hijos. Si se tiene un hijo a cargo, aumentará a los 1.254 euros, mientras que si se tienen dos o más, la cifra se incrementará hasta los 1.411 euros mensuales.