Un hombre de 30 años le exige a su abuela una pensión de 500 euros tras ocho años en la universidad: “Carece de recursos propios”
La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado las pretensiones del joven que le exigía a su abuela una pensión mensual.

Un joven estudiante le exigía a su abuela que le concediera una pensión de 500 euros al mes. Todo ello alegando que lleva toda la vida estudiando, sin tener recursos propios para subsistir y teniendo varios trabajos durante ese tiempo. Al tener un hijo, son los primogénitos los que asumen la responsabilidad de asegurar el bienestar de sus hijos, hasta que logran su independencia, especialmente en el terreno económico y una vez haya cumplido los 18 años. No obstante, esta regla cambia en caso de que los progenitores hayan fallecido, ya que serían los abuelos los que se encargarían de la manutención y las obligaciones del adolescente. Esto es lo que llevaría a Luis Miguel Estevez a llevar a su abuela ante los tribunales.
Pensión de 500 euros mensuales
Tanto Luis Miguel como la abuela del joven, se presentaron en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº4 de Alcorcón. En este sentido, el joven defendía en su demanda que: “carece de recursos propios para subsistir, pues está cursando estudios y es demandante de empleo”, razón principal por la que exigía a su abuela paterna una pensión mensual de 500 euros. No obstante, todas estas pretensiones eran desestimadas por el Juzgado en la sentencia del 31 de marzo de 2023, cuya explicación del equipo judicial era: “no se puede esgrimir que el demandante se encuentra en un estado de necesidad, cuando ya desde los 24 años había finalizado un grado universitario, y había accedido al mercado laboral”. “No puede pretender es que su abuela paterna cubra sus necesidades alimenticias de forma indeterminada, cuando él mismo cuenta con treinta años de edad, y se desconoce el tiempo de duración de los estudios que cursa en la actualidad”, concluía la sentencia.
La abuela no tendrá que pagar la pensión
Decisión del juzgado ante la que el nieto, de treinta años de edad, decidía presentar un recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid, bajo la magistratura de Milagros del Saz Castro (ponente), Carmen Mérida Abril y Alfonso Carrión Matamoros. Sin embargo, el Tribunal volvía a desestimar las pretensiones del joven frente a su abuela fallecida durante el proceso judicial. En el segundo recurso presentado por el joven, alegaba que la primera sentencia fue valorada erróneamente, asegurando que su situación era de necesidad económica indispensable. Alegaciones que eran rechazadas nuevamente por el Tribunal, que le recordaba que en todos estos casos se deben seguir los límites y reglas establecidos previamente.
“En este caso, los estudios del actor se han dilatado en el tiempo de tal forma que en el acto de juicio contaba con treinta años de edad, y manifestó que no había terminado el grado en el que estaba matriculado, señalando en el recurso que ha ido sacando asignaturas sueltas”, expone el tribunal. La demanda interpuesta por el joven señalaba que estaba estudiando, mientras realizaba trabajos esporádicos, aspecto que llevó al Tribunal a desestimar la demanda sin ataduras.
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