La Ley del Deporte
El deporte español se ha regalado una nueva Ley en estas Fiestas. Después de un largo proceso, ha sido aprobada al toque de campana, a tiempo para salvar la subvención de la UE de 140 millones, que exigía su entrada en vigor antes del 31 de diciembre. El Congreso cerró el último trámite el día 22, así que el deporte podrá comerse las uvas tranquilamente, con la modernización de aquel viejo texto de 1990, que cumplió su función con creces, hasta el punto de conducir a España a las más altas cotas deportivas de su historia. La anterior Ley se había quedado obsoleta, en eso coincidían los partidos políticos y el colectivo del deporte. Había consenso en que debía renovarse, eso nadie lo dudaba, aunque finalmente no existió ese mismo consenso en la aprobación, porque a última hora se coló una concesión territorial, de esas que generan mucho ruido político: el artículo 48.2 facilita la representación internacional a las autonomías en ciertos supuestos, aunque en realidad los condicionantes son tan numerosos, con el CSD como árbitro final, que seguramente no tenga repercusiones relevantes.
Debates políticos al margen, la Ley del Deporte actualiza algunas cuestiones realmente importantes en los tiempos que corren. De entrada, en su artículo 2, define el deporte como “actividad esencial”, un gran punto de partida. Y a continuación ahonda en la igualdad, en la inclusión, en la protección de las víctimas de abusos… También define qué es un deportista profesional, una de las grandes asignaturas pendientes de 1990, que no explicaba con nitidez este concepto. De paso, recoge una clásica reivindicación de las Federaciones, que es la financiación plurianual durante el ciclo olímpico, para poder programar los Juegos sin tantas incertidumbres como hasta ahora. París 2024 asoma en el horizonte, con el deporte español en vías de modernización. Un salto necesario.