La Rosaleda se libra del cierre parcial por el botellazo al árbitro, pero queda apercibida
El Málaga ha sido multado con 3.000 euros por lanzamiento de botellas. Una le dio en el hombro a Turrión Morilla. La Rosaleda, apercibida de cierre parcial. Víctor García y Juanpe, un partido de sanción.

El Comité de Disciplina de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) ha sancionado con 3.000 euros al Málaga CF por lanzamientos de botellas en el transcurso del partido contra el Real Valladolid. Una de ellas impactó en el hombro del árbitro de la contienda, el navarro Turrión Morilla. Y lo reflejó en el acta. El club temía que La Rosaleda sufriera el cierre parcial de la grada desde la que se tiró la citada botella (de la zona cara). Por esta vez se ha librado, pero hay apercibimiento. Si se repite un hecho similar, se cerrará el graderío desde el que se produzca este lamentable y bochornoso acto.
El documento arbitral explicó que el incidente se produjo una vez finalizado el partido, cuando el equipo arbitral se dirigía al túnel de vestuarios. Una botella de agua de 500 mililitros, sin tapón y parcialmente llena, fue lanzada desde la grada y llegó a impactar en el hombro del árbitro. Es importante el detalle de que la susodicha botella no tenía tapón, algo terminantemente prohibido y que hubiera agravado el castigo.
Además, Disciplina ha sancionado a Víctor García con un partido sin jugar por la patada a Iván Alejo. El barcelonés se ha salvado de un castigo mayor porque el acta no hizo sangre y no empleó los términos “agresión” o “acción violenta”. Juanpe, también se perderá el próximo duelo contra el Huesca. En este caso por acumulación de amonestaciones. El Málaga presentó alegaciones porque entendía que la falta sobre Chuki no era tal. El órgano de justicia deportiva no tuvo en cuenta.
Comunicado de la RFEF
En su nota oficial, la RFEF explicó la multa al Málaga en los siguientes términos. “La imposición al Málaga CF de una multa de 3.000 € y apercibimiento de clausura de sus instalaciones en caso de reincidencia en la producción de hechos análogos, por infracción del artículo 107.2 en relación con el artículo 15 del Código Disciplinario. Teniendo en cuenta la naturaleza de los hechos que aparecen reflejados en el acta arbitral y partiendo del reproche que merecen este tipo de conductas, procede analizar las circunstancias que concurren en este supuesto, en orden a determinar la tipificación y, en su caso, la correspondiente sanción que procede imponer al Málaga CF con motivo del lanzamiento de objetos descrito en el acta, impactando en el colegiado“.
En este orden de cosas, se habría producido una infracción de carácter grave tipificada en el artículo 107.2 del Código Disciplinario de la RFEF, en relación con el artículo 15 del Código Disciplinario de la RFEF y, por ende, procede imponer la oportuna sanción económica dentro del margen previsto en el citado precepto, resultando asimismo adecuado el apercibimiento de clausura de las instalaciones.
Noticias relacionadas
El comunicado explicó también que el Málaga alegó que no hubo impacto de la botella sobre el colegiado y solicitó que se declarase la existencia de error material manifiesto en la descripción de la acción recogida en el acta arbitral, por considerar que no se produjo el impacto de la botella en el hombro del colegiado. En este caso, Disciplina también despejó el córner.
¡Tus opiniones importan! Comenta en los artículos y suscríbete gratis a nuestra newsletter y a las alertas informativas en la App o el canal de WhatsApp. ¿Buscas licenciar contenido? Haz clic aquí






Rellene su nombre y apellidos para comentar