La Fiscalía se querella contra Rubiales por agresión sexual y coacciones
El ministerio público ha formalizado la denuncia ante la Audiencia Nacional y la instrucción será asumida por el Juzgado Central de Instrucción número 1.
La Fiscalía ha presentado este viernes la querella en la Audiencia Nacional contra Luis Rubiales, presidente suspendido de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), por el beso no consentido que le dio a la futbolista Jenni Hermoso durante la celebración del título mundialista de España. Este era el paso definitivo para impulsar la apertura de la vía penal contra Rubiales después de que a finales de agosto se abrieran las diligencias de investigación preprocesales. Le imputa dos delitos, uno de agresión sexual y otro de coacciones por las supuestas presiones que sufrieron Jenni y su entorno tras el episodio.
La Fiscalía ha formalizado su denuncia, a la que se adhirió la propia Jenni Hermoso tras prestar declaración el pasado martes en la sede de la Fiscalía General del Estado antes de partir hacia México. Sigue, por tanto, la línea de actuación abierta ya con las diligencias de investigación preprocesales, cuando calificó de “no consentido” el beso ya desde el pasado 28 de agosto. “A la vista de las manifestaciones públicas realizadas por doña Jennifer Hermoso Fuentes, el acto sexual sufrido por la misma y llevado a cabo por el señor Rubiales, no fue consentido”, anunció la Fiscalía haciendo referencia a las palabras de Hermoso en un comunicado: “Me sentí vulnerable y víctima de una agresión, un acto impulsivo, machista y sin ningún tipo de consentimiento de mi parte [...] Sencillamente no fui respetada”.
El escrito, de cinco páginas, recoge que los hechos objeto de la querellase refieren “al beso en la boca mientras agarraba con las dos manos la cabeza (...) sin el consentimiento de ésta”. “Inmediatamente a este hecho, la jugadora, así como su entorno más próximo (familia y amistades) sufrió una presión constante y reiterada por parte del Sr. Rubiales y el entorno profesional de este, con la finalidad de que, públicamente, justificara y aprobara el acto cometido contra su voluntad; sufriendo Dª Jennifer una situación de hostigamiento, en contra del desarrollo de su vida en paz, tranquilidad y libremente.”, señala la Fiscalía.
El caso llega a la Audiencia Nacional, el objetivo que siempre tuvo la Fiscalía. La querella ha recaído en el Juzgado Central de Instrucción número 1 (JCI 1), cuyo titular es Francisco de Jorge. Se da la circunstancia de que este juzgado ha dirigido también la investigación del ‘caso Soule’, sobre las presuntas irregularidades en la gestión de Ángel María Villar en su etapa como presidente de la RFEF, justo antes de ser relevado por Rubiales.
Los plazos y las posibles penas
La fase de instrucción puede durar hasta seis meses. Además de la declaración el juez solicita recabar el mayor número de pruebas. Hay que recordar que el juez puede decidir el sobreseimiento del caso en cualquier momento, por ejemplo, ante la aparición de nuevas pruebas.
El siguiente paso es fijar los plazos para la presentación de los escritos de acusación, de la Fiscalía y de defensa, que tiene 10 días de plazo. Una vez presentados los escritos y las pruebas el juez fijará fecha para la celebración de juicio oral. Tras la sentencia cabe recurso de apelación.
En cuanto a la posible condena, ya el decreto que abría la investigación en la Fiscalía de la Audiencia Nacional citaba la jurisprudencia del Tribunal Supremo según la cual, un beso no consentido puede ser considerado como una agresión sexual, al margen de si concurría o no intención libidinosa, de las previstas en la ley. Aunque la previsión son penas de entre 1 y 4 años de cárcel, los hechos entrarían en la franja mínima y la pena sería sustituida por una multa si el juez lo decide.
En cuanto al delito de coacciones, previsto y penado en el artículo172 del CP, comprende penas que van de los 6 meses a los 3 años de prisión o multas de 12 a 24 meses “según la gravedad de la coacción o de los medios empleados”.