CORONAVIRUS

¿Hay que llevar mascarillas en edificios públicos y qué pasa con los funcionarios?

La Administración será la que oficialice si los trabajadores públicos llevan o no mascarilla, y en qué momentos puede ser obligatoria tanto para funcionarios como visitantes.

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¿Hay que llevar mascarillas en edificios públicos y qué pasa con los funcionarios?

Fin a las mascarillas en espacios interiores. Pero, ¿hay que llevar mascarillas en edificios públicos? Y, ¿qué pasa con los funcionarios? La Administración será la que oficialice si los trabajadores públicos llevan o no mascarilla, y en qué momentos puede ser obligatoria para el resto de trabajadores y las visitas.

Y es que una vez publicado el Real Decreto Ley en el Boletín Oficial del Estado (BOE), los diferentes gobierno regionales deben tener ya un protocolo sobre la norma que aprobó ayer el Consejo de Ministros.

Algunas regiones como Murcia han exigido al Ministerio de Sanidad a través de su consejero de Salud, Juan José Pedreño, que envíe cuanto antes a las comunidades autónomas el documento definitivo, para que las administraciones autonómicas sepan a qué atenerse a la hora de elaborar sus propias estrategias que regulen los casos en los que la mascarilla se debe seguir usando.

Qué pasa en los edificios públicos

Los ejecutivos regionales deben decidir qué ocurrirá en los centros de trabajo que dependen de la Administración regional, sobre todo en aquellos edificios donde se produce la atención presencial al ciudadano, y más ahora que estamos en la campaña de la declaración de la renta

El caso mencionado de Murcia, por ejemplo, el titular de Salud de la Región se ha mostrado partidario de mantener la mascarilla tanto para usuarios como trabajadores, “como en todos aquellos lugares donde haya aglomeraciones, no pueda mantenerse la distancia de seguridad y se atienda al público”.

Hay que destacar que lo que se retira desde hoy es la obligatoriedad de llevar mascarilla en el interior, pero en ningún caso esto significa que no se pueda usar. De hecho, ni se puede obligar a ponerla, en determinadas circunstancias, ni se puede obligar a no llevarla, algo que tienen que valorar los departamentos de riesgos laborales de cada empresa, y más los que trabajan de cara al público como son los organismos oficiales dependientes del Estado y que reciben mucha gente diferente cada día.