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Nuevas reglas para viajar en la Unión Europea: fechas, requisitos y qué documentación debo llevar

Bruselas cambia el criterio de movilidad entre los países miembros de la Unión Europea y ya no dependerá de la situación epidemiológica de cada nación.

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Nuevas reglas para viajar en la Unión Europea: fechas, requisitos y qué documentación debo llevar
CRISTINA VEGA RHOR AFP

Para poder viajar a cualquier país de la Unión Europea (UE) un ciudadano europeo tan solo necesitará disponer de un pasaporte COVID en regla. En un comunicado, el Consejo (países) de la UE explicó que esa modificación responde "al aumento significativo" en la administración de vacunas en la UE y "la rápida aplicación del certificado COVID".

Los cambios, que no tienen carácter vinculante sino que conforman una recomendación, entrarán en vigor el próximo 1 de febrero. El objetivo de la nueva modificación adoptada es simplificar las normas aplicables y dar más claridad y previsibilidad a los viajeros.

Así, la decisión tomada por los ministros europeos de Asuntos Europeos elimina la posibilidad de que un país exija a un viajero realizar cuarentena o un test diagnóstico para entrar al país. Es decir, un ciudadano europeo podrá viajar a otro Estado miembro sin restricciones dependiendo de si está vacunado, si ha pasado la COVID como máximo hace seis meses, o si presenta una PCR negativa como mucho de 72 horas antes, que son los datos que recoge el certificado COVID.

También existe la posibilidad de presentar un test de antígenos negativo realizado 24 horas antes como máximo. Ya no dependerá de la situación epidemiológica del país de destino.

Seguirá el mapa de riesgo por regiones

En todo caso, la nueva recomendación mantiene la posibilidad de que los países impongan medidas adicionales a los viajeros desde zonas color "rojo oscuro", consideradas de alto riesgo en el mapa de colores del Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades, según EFE. Ese centro seguirá publicando el mapa de las regiones de los estados miembros para indicar el riesgo potencial de infección, según un sistema de semáforos (verde, naranja, rojo, rojo oscuro).

Bruselas había propuesto el pasado noviembre que la decisión de imponer o no restricciones a los viajeros se basara en el estatus sanitario de las personas (que figura en el certificado COVID digital) y no en la situación epidemiológica del país desde donde se haya viajado. De esa manera, en adelante los titulares de un certificado COVID no deberían en principio ser sometidos a restricciones adicionales, como test de COVID o cuarentenas.

Además, Bruselas indica que, en el caso de que aparezcan nuevas variantes de la COVID-19, se podrá establecer medidas y restricciones adicionales a los viajeros de otros países miembros, lo que ha denominado “freno de emergencia”. Este tipo de medidas ya han sido polémicas, en especial cuando apareció Ómicron y se impusieron restricciones a los viajeros sudafricanos. Algunos expertos consideraron que esto puede provocar que los países no notifiquen posibles nuevas variantes preocupantes de la COVID-19.

Para España, "un gran avance"

España ha considerado un "gran avance" la decisión adoptada hoy por los países de la Unión Europea. "Básicamente, todo aquel ciudadano vacunado podrá circular por Europa sin ningún problema y eso es un gran avance en la movilidad, es la gran apuesta por la vacunación que España tiene y lo consideramos muy acertado", afirmó el secretario de Estado para la UE, Pascual Ignacio Navarro Ríos, a su llegada al Consejo de Asuntos Generales en el que se dio luz verde a esa decisión. Para Ríos, la adopción de ese cambio de perspectiva es "una buena señal para la opinión pública".