Darse de baja en el paro: ¿tengo que avisar al SEPE si he encontrado trabajo y cómo hacerlo?
Aunque el Servicio Público de Empleo tiene conexión con la base de datos de la Seguridad Social, el trabajador siempre debe ponerse en contacto con el organismo.
El proceso de encontrar trabajo no termina cuando firmas el contrato, hay obligación de informar al SEPE de este cambio en tu situación. El Servicio Público de Empleo tiene conexión directa con la base de datos de la Seguridad Social y en ocasiones puede suspender de forma directa la nueva etapa laboral, el trabajador siempre debe comunicar su contratación por teléfono, internet o en la propia oficina.
Lo siguiente es conocer el tipo de contrato que acabamos de firmar: jornada parcial, jornada completa o incluso si el contrato que se plantea es como autónomo. Cada una de estas modalidades tiene condiciones y una forma distinta de compatibilizarse con el cobro del paro.
Contrato parcial
En caso de obtener un contrato a jornada parcial, existen dos sistemas de cobro de paro mientras dure el tiempo de empleo:
- Si eliges seguir cobrando el paro, se reducirá la cantidad que cobras de forma proporcional a las horas que vas a trabajar. Por ejemplo, si trabajas a media jornada (50% de la jornada habitual), cobrarás la mitad de la prestación o el subsidio.
- Si eliges suspender totalmente el cobro de la prestación o el subsidio, cuando termines el contrato, recuperarás el paro que estabas recibiendo, cobrando el mismo importe y con todos los días que te quedaban por cobrar de la ayuda.
Contrato de jornada completa
Si el contrato es por cuenta ajena a jornada completa, al informar al SEPE, se paralizará el cobro del paro, ya sea prestación por desempleo o subsidio lo que cobraba. Con un contrato a jornada completa no cabe la opción de simultanear cobro del paro (prestación o subsidios) y cobro del contrato.
Contrato de autónomo
Cuando se comienza una labor por cuenta propia, también es necesario informar al SEPE, y existen dos procedimientos para elegir:
- Puedes paralizar el cobro del paro hasta el momento que te des de baja como autónomo.
- Puedes seguir cobrando a la par que trabajas. Este sistema de compatibilidad solo es posible con la prestación contributiva, no con los subsidios y por un tiempo máximo de 9 meses, o los que quedasen pendientes de cobro de la prestación, si son menos.
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