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Autónomos en España: qué prestaciones hay, de cuánto dinero y cómo solicitar a la SSGG

Hasta el 28 de febrero de 2022, los trabajadores autónomos tendrán la posibilidad de acceder a la prestación extraordinaria de la Seguridad Social por suspensión de actividad.

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Autónomos en España: qué prestaciones hay, de cuánto dinero y cómo solicitar a la SSGG
CHEMA MOYA EFE

Hasta el 28 de febrero de 2022 los trabajadores autónomos pueden solicitar diferentes prestaciones económicas habilitadas por la Seguridad Social que el Gobierno de España por los efectos económicos causados por la pandemia.

Se trata de una prórroga de las medidas implantadas en marzo del año pasado y entre las opciones de ayuda a las que se puede optar se incluye la exoneración de cuotas a la Seguridad Social durante los próximos cuatro meses para todos los trabajadores autónomos que se han encontrado protegidos estos meses. En octubre sería del 90%; en noviembre del 75%; en diciembre del 50%; en enero del 25%.

Para quién está destinada la ayuda

Esta ayuda está destinada a todos los trabajadores autónomos que tuvieron una suspensión temporal de toda su actividad como consecuencia de las medidas aplicadas durante la pandemia. La cuantía de la prestación económica se corresponde con el 70% de la base mínima de cotización; la cuota a la Seguridad Social como trabajador autónomo queda exonerada.

Requisitos para pedir la ayuda

Se debe demostrar una caída en la facturación del 50% entre el tercer y cuarto trimestre de 2021, en comparación al año 20219. Y también se debe demostrar no haber obtenido durante el tercer y cuarto trimestre 2021 unos rendimientos netos computables fiscalmente superiores a 8.070 euros; lo que supone 1,2 veces el Salario Mínimo Interprofesional en dos trimestres.

Además de las ayudas del Gobierno, la Seguridad Social también tiene su propia ayuda par aun colectivo que, trabaje o no, siempre tiene gastos fijos. n esta tercera opción de prestación, la cuantía es del 50% de la base mínima de cotización. Del mismo modo, las cuotas a la Seguridad Social quedan exoneradas, pero computan como cotizadas.

Entre los requisitos para acceder a esta prestación destaca una caída de ingresos del 75% y no presentar unos rendimientos netos computables entre julio y diciembre de 2021 superior al 75% del SMI.

Recuerda gestionar todos los trámites a través del SEPE, tanto si estás en búsqueda de empleo, como si es una baja, como la gestión de las prestaciones.