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Adiós a la calefacción central: que edificios deberán eliminarla antes de 2023

La medida, anunciada el año pasado, afecta a casi un millón y medio de edificios en España. Pese a ello, hay algunas excepciones que no tendrán que cambiarla.

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Adiós a la calefacción central: que edificios deberán eliminarla antes de 2023
Pixabay

El año pasado, a estas alturas, una noticia alteraba la tranquilidad de las comunidades de vecinos que contaban con calefacción central: como muy tarde en 2023 deben desaparecer. Será en el mes de mayo de dicho año lleguen a su fin, de acuerdo con la ley aprobada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

El 6 de agosto de 2020 quedaba publicado el Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Así, alrededor de 1,4 millones de viviendas se verán obligadas a cambiar sus sistemas de calefacción. ¿Y quienes tendrán que cambiar la calefacción de sus domicilios?

Edificios previos a 1998

La disposición general establece que sean los edificios de viviendas construido antes del año 1998. ¿La razón? Tras dicho año, los nuevos edificaciones se atienen a la regulación del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE). Según este, ya están obligados a disponer de dispositivos de contabilización de forma individual.

Según la norma, se establecen dos plazos diferenciados para llevar a cabo en cambio: el primero tiene que ver con la obtención de un presupuesto de una empresa instaladora regulada por el RITE para su adecuación (gratuito hasta 2022). El segundo es la fecha límite para disponer de la instalación, que será 15 meses después, explica la explica la Asociación Española de Repartidores de Costes de Calefacción (ACERCCA).

Excepciones

La norma, si bien es de carácter general, cuenta con algunas excepciones que no tienen que ceñirse a ella. Tres son los supuestos.

  • Edificios situados en los archipiélagos o en las zonas más cálidas del litoral mediterráneo: islas, zona de Levante, Guadalquivir, Ceuta y Melilla
  • En caso de no ser viable técnica ni económicamente la adaptación de los medidores de consumo a la norma actual. Si no es rentable en 4 años porque el coste no se compense con el ahorro de dicho plazo.
  • Si la instalación es de tipo monotubo en serie. Estos edificios seguirían obligados a instalar contadores de calefacción.