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Plusvalía Municipal: ¿Qué es, quién la paga y en qué casos se puede reclamar el impuesto?
Este impuesto se paga cuando un contribuyente vende, dona o hereda una vivienda, lo gestionan lo ayuntamientos y ahora acaba de ser anulado.
El impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), más conocido como impuesto de plusvalía municipal, es un impuesto directo que depende y gestionan los ayuntamientos. Se paga cuando un contribuyente vende, dona o hereda una vivienda.
Ahora bien, ¿quién paga ese impuesto? Cuando se vende una vivienda, es el vendedor quien tiene que pagar el impuesto pues es el que recibe el dinero de la venta. Si ha sido una donación, el pago del impuesto corresponde a la persona que toma el inmueble. Si se hereda una vivienda, son los herederos quienes tienen la obligación de pagar la plusvalía municipal.
Qué pasa ahora con la plusvalía
El Tribunal Constitucional ha declarado "inconstitucionales y nulos" tres apartados del artículo 107 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los que regulan el cálculo de la base imponible del impuesto sobre plusvalía.
La decisión se basa en que en que las tablas preestablecidas, el famoso catastro, que elaboran los municipios, tiene unos baremos fijados por la norma, sin tener en cuenta la evolución real del valor de los terrenos sobre los que está construida cada vivienda.
Lo que ahora puede ocurrir es que los ayuntamientos pueden tener que devolver los impuestos cobrados y que hayan sido reclamados. Algunos expertos creen que se puede reclamar los últimos cuatro años, y otros creen que sólo afectará a las nuevas ventas de viviendas.
Según figura en los últimos datos del Ministerio de Hacienda, del año 2019, los 8.000 municipios de España ingresaron 2.501 millones de euros por este impuesto.
Cómo reclamar la plusvalía
Si el impuesto se abona vía liquidación, solo tiene un mes para reclamar si no estás de acuerdo. Si se abona mediante autoliquidación, el propio contribuyente es quien realiza el cálculo y todos los trámites, el ciudadano dispone de cuatro años para subsanar errores.
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