Ediciones
Resultados
Síguenos en
Hola

ACTUALIDAD

Subsidio por desempleo: ¿se cobran pagas extra si estoy cobrando una ayuda del SEPE?

El organismo autonómico detalla en su página web que "no se abonan pagas extras ni en la prestación contributiva ni en el subsidio por desempleo".

Subsidio por desempleo: ¿se cobran pagas extra si estoy cobrando una ayuda del SEPE?
Juanjo MartínEFE

Las personas que se han quedado sin empleo tras trabajar menos de un año no tienen derecho a la prestación contributiva, pero sí al subsidio por desempleo que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Esta ayuda la recibirán durante un periodo fijado en función los meses que haya cotizado y de si tiene o no responsabilidades familiares:

- En caso de tener responsabilidades familiares, el subsidio durará 3, 4 o 5 meses, si el trabajador ha cotizado sendos meses. En cambio, si ha cotizado seis meses o más, durará 21 meses.

- En caso de no tener responsabilidades familiares, el subsidio durará seis meses si se han cotizado seis o más meses.

En cualquier caso, hay tener en cuenta que la ayuda se cobrará solo en los meses fijados y, como ocurre con el paro, no habrá pagas extraordinarias, tal y como indica el propio SEPE en su página web: “No se abonan pagas extras ni en la prestación contributiva ni en el subsidio por desempleo”.

Requisitos y cuantía

Las personas que quieran acceder al subsidio por desempleo deberán ser menores de 52 años, pues a partir de esta edad tendrán derecho al subsidio para mayores de 52 años. Asimismo, los interesados deberán cumplir una serie de requisitos económicos y laborales en el momento en que presenten la solicitud:

Requisitos

  • Estar en situación legal de desempleo.
  • Estar inscrito como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción, además de suscribir el compromiso de actividad.
  • Haber cotizado por desempleo al menos 3 meses, si se tienen responsabilidades familiares, o al menos seis meses si no se tienen. Asimismo, no hay que llegar a los 360 días que dan derecho a la prestación contributiva.
  • No percibir rentas de cualquier tipo superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI), que en 2021 está fijado en 950 euros mensuales, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

En caso de no cumplir las exigencias de carencia de rentas o responsabilidades familiares en el momento de pedir el subsidio, el SEPE señala que “podrá obtener el subsidio si usted justifica que cumple estos requisitos dentro del plazo de un año desde la fecha del hecho causante. En tal caso, podrá obtener el subsidio a partir del día siguiente a su solicitud, sin que su duración disminuya”.

Respecto a la cuantía de la ayuda, es el 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), que durante este año es de 564,90 euros. De esta forma, la cuantía final es de 451,92 euros al mes. Para el próximo año, el Gobierno planea subir un 2,5% este indicador, con lo que la cantidad a recibir por lo beneficiarios del subsidio también aumentará.