¿Cuánto cotizo a la Seguridad Social si estoy en el paro, cuál es la base y quién paga cuotas y aportaciones?
Las cotizaciones a la Seguridad Social varían en función de si el desempleado recibe una prestación contributiva o un subsidio por desempleo.
La Seguridad Social define la cotización como “la acción por la cual los sujetos obligados aportan recursos económicos al Sistema de la Seguridad Social en virtud de su inclusión en dicho Sistema, por el ejercicio de una actividad laboral”. Esto significa que se trata de una cuota que empleados y empleadores deben abonar al Estado como aportación.
Normalmente, la cotización corresponderá a una fracción mensual o porcentaje del sueldo de un trabajador que se ingresa en forma de retención en el sistema de Seguridad Social del país de residencia. Esta retención debe quedar correctamente reflejada en las nóminas del empleado. Sin embargo, las personas que se encuentran sin trabajo, pero inscritas en el paro, también deben cotizar, aunque las variables cambiarán en función de si se cobra la prestación contributiva o un subsidio por desempleo.
Cotizaciones mientras se cobra el paro
Cuando se recibe el paro por haber cotizado durante más de un año, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ingresa las cotizaciones por jubilación, incapacidad temporal, invalidez, muerte y supervivencia, asistencia sanitaria, maternidad, paternidad y cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave. Tal y como recoge el portal Loentiendo.com, la nómina de los desempleados que reciben esta prestación se descuentan una serie de conceptos:
- La retención del IRPF, que oscila entre un 8% y un 17%, en función de los hijos que se tengan.
- La cuota de Seguridad Social que paga el desempleado, equivalente al 4,70% de la base reguladora.
Mientras se recibe la prestación contributiva, la base de cotización a la Seguridad Social será la propia base reguladora de la prestación por desempleo, respetando siempre el importe de la base mínima por contingencias comunes establecida para cada categoría profesional. Por tanto, no hace referencia a lo que cobra realmente el desempleado.
Así, el SEPE y el trabajador cotizan a la Seguridad Social por la base de cotizaciones que tuvo este último durante los últimos 180 días antes de quedarse sin empleo. El organismo paga la cuota del empresario (23,60% de la base de cotización), mientras que al se le descuenta de la prestación el 100% la cuota que habitualmente pagan los trabajadores en activo.
Cotizaciones mientras se cobra el subsidio por desempleo
Las personas que cobran el subsidio se enfrentan a una situación diferente, ya que no existen cotizaciones ni para la jubilación ni el resto de contingencias, salvo el subsidio para mayores de 52 años y el de los trabajadores fijos discontinuos de esa edad, que sí cotizan debido a lo cerca que está el trabajador a alcanzar la edad que le dé derecho a una pensión. Durante el tiempo que se percibe esta prestación, se cotizará el 125% de la base mínima del IPREM, que este año asciende a 1.050 euros. Cumplida la edad mínima, ya será posible solicitar la jubilación.
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