¿Cuánta fianza te pueden pedir como máximo en un alquiler?
El Ministerio de Consumo ha detectado un aumento de las inclusiones de claúsulas abusivas en los contatos y ha recordado lo que establece la Ley de Arrendamientos Urbanos.
La preocupación por la dinámica creciente de la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos entre particulares en el alquiler de viviendas provocó que el ministro de Consumo, Alberto Garzón, acudiese esta semana a la reunión del Consejo de Consumidores y Usuarios (CCU), entidad formada por las principales asociaciones de consumidores de España.
En este encuentro, Garzón comunicó que el Ministerio que dirige se ha puesto en contacto con inmobiliarias y portales online de alquiler de vivienda para tratar este asunto, después de detectar que se están incorporando cláusulas en los contratos que podrían vulnerar la Ley de Arrendamientos Urbanos, como informó el organismo en un comunicado.
Según se detalló en la reunión, Consumo ha confirmado que se están produciendo exigencias de fianzas desproporcionadas que llegan hasta los cinco meses, garantías adicionales y mensualidades adelantadas contrarias a la norma.
Lo que establece la Ley
La Ley de Arrendamientos Urbanos establece que los ciudadanos no pueden recibir exigencias que impliquen una cantidad mayor de las especificadas a continuación:
-Un mes de fianza.
-Dos meses de garantía adicional.
-Una mensualidad por adelantado.
Así lo ha recordado en las redes sociales el Ministerio de Consumo, medio a través del que ha informado que los usuarios que se encuentren ante un contrato de alquiler donde no se respeten estos términos pueden denunciarlo ante los tribunales para defender sus derechos.
Para tratar que la dinámica de inclusión de cláusulas abusivas en los contratos no siga produciéndose, el organismo que lidera Alberto Garzón asimismo ha solicitado a las inmobiliarias y portales online que ejerzan su labor de intermediación para disciplinar al mercado del alquiler, según ha explicado Consumo.