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¿Nuevas subidas de impuestos en el mercado de la vivienda? IRPF, Patrimonio, Sucesiones, Donaciones...

El proyecto de ley de lucha contra el fraude fiscal aprobado en el Congreso conlleva una serie de modificaciones en el mercado de la vivienda.

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¿Nuevas subidas de impuestos en el mercado de la vivienda? IRPF, Patrimonio, Sucesiones, Donaciones...
Biel Aliño EFE

El Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal ya ha sido aprobado en el Congreso de los Diputados. Se trata de una medida que supondrá un incremento impositivo en las operaciones inmobiliarias en el IRPF, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y el Impuesto sobre el Patrimonio.

La nueva normativa implicará una serie de cambios en el mercado de la vivienda. Así, entre las novedades se encuentra la finalización de la reducción del 60% del alquiler a la que podía acogerse el propietario, aunque no hubiera incluido en la autoliquidación todos los ingresos. La nueva reglamentación estipula que únicamente los ingresos incluidos en esta operación son considerados para obtener esta reducción.

Asimismo, y como explica Idealista, los dueños de viviendas en alquiler tampoco contarán con el derecho a esta reducción del 60% si ha habido rendimientos mal calculados en la autoliquidación y regularizados por la Administración.

Fin de los pactos sucesorios

Otro de los cambios que implicará la nueva Ley contra el fraude fiscal es la desaparición del beneficio fiscal de los pactos sucesorios en el IRPF, como detalla el mismo medio. De esta manera, los adquirientes de las viviendas por pacto sucesorio estarán obligados a tributar en el IRPF si transfiere los bienes con antelación al fallecimiento del causante.

Modificación en la valoración de los inmuebles

La base imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y del Impuesto sobre Donaciones y Sucesiones (ISyD) será a partir de ahora el valor de mercado de los inmuebles y no su valor real. Como explica Idealista, esta medida conllevará que sea el contribuyente quien tenga que evidenciar que el valor de referencia del inmueble no se corresponde con el realmente posee.

La nueva normativa establece que el valor de mercado del inmueble es el valor de referencia aprobado por la Dirección General del Catastro y afectará al ITP, al ISyD y al Impuesto sobre el Patrimonio. De esta forma, los ciudadanos tendrán que tributar por este valor al adquirir una vivienda, así como al heredarla o al recibirla en donación.

Además, este cambio en la valoración de los inmuebles afectará al Impuesto sobre el Patrimonio, ya que el contribuyente tendrá que declarar los inmuebles en propiedad según el valor determinado o comprobado por la Administración a efectos de otros tributos, explica el sitio web Idealista.