El plan de Madrid tras el estado de alarma
El gobierno que lidera Isabel Díaz Ayuso ya se encuentra trabajando en la estrategia que podría llevar a cabo para controlar la pandemia tras el 9 de mayo.
El estado de alarma finalizará el próximo 9 de mayo y los planes iniciales del Ejecutivo no incluyen prorrogarlo una vez pase esa fecha. Esta situación ha provocado que los gobiernos regionales estudien planes alternativos que les permitan aplicar medidas para mantener bajo control la pandemia del coronavirus en sus territorios.
El Real Decreto 926/2020 de 25 de octubre permitía a las regiones establecer las restricciones que considerasen necesarias en función de su situación epidemiológica y la finalización del estado de alarma conllevará que ya no puedan aplicarse medidas como el toque de queda, el cierre perimetral entre comunidades, la limitación de aforo en lugares de culto y la prohibición de reuniones de más de seis personas.
El Gobierno de la Comunidad de Madrid ya ha anunciado que se encuentra trabajando en la estrategia que podría llevar a cabo. Por el momento, las restricciones actuales se mantendrán vigentes hasta el 9 de mayo y a partir de entonces se decidirá en función de la situación epidemiológica y de lo que permita la ley.
En este sentido, la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, apuntó a la posibilidad de acudir a los tribunales "para que me digan qué puedo hacer". No obstante, los gobiernos autonómicos podrán acogerse a la Ley de Salud Pública de 1986, que recoge la opción de aplicar medidas especiales por razones sanitarias de urgencia o necesidad.
Los expertos consideran que, a pesar de que dicha ley no avala directamente medidas que supongan una alteración de los derechos fundamentales, permitirá que las comunidades puedan aplicar cierres perimetrales dentro de sus territorios, aunque no de manera que afecte de forma general a toda la región.
De esta forma, Madrid podría mantener su estrategia basada en áreas sanitarias e incluso limitar la movilidad por municipios, distritos o barrios. Sin embargo, sin el paraguas del estado de alarma, estas medidas tendrían que ser confirmadas por los tribunales para poder ponerse en funcionamiento.
Control de aforos y de horarios
Madrid, al igual que el resto de las comunidades, también contará con la opción de acogerse a la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Esta normativa recoge la posibilidad de aplicar medidas que no requieren de autorización judicial, como el control de aforos o del horario de los establecimientos comerciales.
De cualquier forma, varias comunidades han planteado la necesidad de que establezca una herramienta jurídica alternativa al estado de alarma que disipe las dudas y que les permita aplicar medidas que consideren necesarias con todas las garantías legales.