CORONAVIRUS

El BOE publica las restricciones "de obligado cumplimiento" para San José y Semana Santa

Solo Canarias y Baleares quedarán exentas del cierre perimetral a nivel regional, mientras que la limitación en las reuniones será general para todo el país.

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El BOE publica las restricciones "de obligado cumplimiento" para San José y Semana Santa
EFE

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicado este viernes recoge lo acordado el miércoles en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre las restricciones a la movilidad entre los territorios españoles que deberán cumplir las comunidades autónomas durante Semana Santa y la festividad de San José. Unas medidas que son de “obligado cumplimiento” para todas las regiones para evitar la cuarta ola y llegar a los niveles de incidencia deseados, según especifica el documento.

El BOE destaca que “en los últimos días, la situación en España en cuanto a datos de incidencia acumulada (IA) ha mejorado en comparación a los meses de enero y febrero”. Sin embargo, recuerda que “a fecha de 8 de marzo continuamos en IA de 142,24 a catorce días y de 62,73 a siete días, lejos del objetivo de 50 casos por 100.000 habitantes que nos situaría en nivel de riesgo bajo o de menos de 25 que nos situaría en un escenario de nueva normalidad según lo establecido en el documento de Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19”.

Cierres perimetrales

En cuanto a los cierres perimetrales, se implantarán del 17 al 21 de marzo en las siete comunidades en las que es festivo el próximo viernes 19 de marzo, que coincide con el Día del Padre: Comunidad Valenciana, Euskadi, Navarra, Murcia, Madrid, Galicia y Extremadura. Por su parte, este cierre perimetral se extenderá a todas las comunidades autónomas, a excepto las Islas Canarias e Islas Baleares para los días comprendidos entre el 26 de marzo y el 9 de abril, coincidiendo con la Semana Santa.

La única región que votó en contra de esta medida fue la Comunidad de Madrid, mientras que Cataluña no emitió voto. Además, este jueves, su consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, desafió de nuevo al Ejecutivo central al asegurar que la región no se cerrará, a pesar de tiene la obligación de hacerlo. “En Madrid cada vez que se ha hecho ese cierre perimetral no ha permitido el control de los contagios. Esa decisión no es de carácter político; es de carácter técnico”, argumentó en rueda de prensa.

En respuesta, el BOE reitera que “este Acuerdo de declaración de actuaciones coordinadas obliga a todas las comunidades autónomas y ciudades autónomas, con independencia del sentido de su voto,de acuerdo con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 151.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sobre los Acuerdos de Conferencia Sectorial referidos a un ámbito material, el sanitario, en el que la Administración General del Estado tiene atribuidas funciones de coordinación general”. Finalmente, Antonio Zapatero, viceconsejero de Salud Pública y Plan COVID-19 ha anunciado este viernes que la comunidad respetará el cierre perimetral, pero recurrirá la decisión “ante la Justicia”.

Toque de queda y límites en las reuniones

Otras restricciones que recoge el texto legal del BOE son los horarios del toque de queda. De manera general, se restringe la movilidad nocturna de 23:00 a 06:00 horas, aunque las comunidades autónomas pueden imponer horarios más restrictivos si lo consideran oportuno en función de su situación epidemiológica específica.

Algo que sí afectará a todo el país de la misma forma será el tamaño de las reuniones, limitadas a un máximo de cuatro personas en espacios públicos cerrados y seis en abiertos, salvo que se trate de convivientes, en cuyo caso también podrán reunirse en lugares privados.

Restricción de vuelos desde Reino Unido, Brasil y Sudáfrica

Por otra parte, el BOE también ha publicado que se prorroga hasta el 30 de marzo de 2021 la limitación de los vuelos directos y buques de pasaje desde Reino Unido, así como los vuelos desde Brasil y la República de Sudáfrica, con el objetivo de “limitar la propagación y el contagio por el COVID-19”.

El acuerdo establece que los vuelos desde Reino Unido, Brasil o Sudáfrica a cualquier aeropuerto situado en España, con o sin escalas intermedias, únicamente podrán realizarse cuando se trate de aviones que transporten exclusivamente nacionales españoles, andorranos, o residentes en España o Andorra. La misma excepcionalidad se aplicará a los buques de pasaje que presten servicio de línea regular entre puertos del Reino Unido y España.

La orden expresa la preocupación del Ejecutivo por la extensión de la variante brasileña, así como por sus “posibles efectos sobre la transmisibilidad de la enfermedad y la capacidad de neutralización de los anticuerpos”. Además, la variante Sudáfrica inquieta por su alta prevalencia en España, motivada por su alta capacidad de trasmisión, lo que “justifica el mantenimiento de la medida”.

Además, el Reino Unido, Brasil y la República de Sudáfrica se encuentran entre los países a los que se exige una prueba diagnóstica de infección activa para con resultado negativo, realizada en las 72 horas previas a la llegada a España. Asimismo, las personas que lleguen desde cualquier aeropuerto situado en estos tres países deberán guardar cuarentena en los términos establecidos en la orden del pasado 17 de febrero.