CORONAVIRUS

Estado de alarma: cuáles son los niveles de alerta del semáforo y cuántos indicadores hay

El Consejo Interterritorial ha redactado unas ‘Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la COVID-19’ con cuatro niveles de alerta.

Estado de alarma: cuáles son los niveles de alerta del semáforo y cuántos indicadores hay
SERGIO PEREZ REUTERS

El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, creado en 1987 para la cooperación e intercomunicación entre los servicios sanitarios de las Comunidades Autónomas y el Gobierno, ha creado, junto al Ministerio de Sanidad, un plan de ‘Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de la COVID-19’ en España.

Según el 'Plan de Respuesta Temprana en un escenario de control de la pandemia por COVID-19': “Las Comunidades Autónomas deben disponer de planes de contingencia para reforzar las capacidades a nivel asistencial (primaria y hospitalaria) y de salud pública y prepararse para responder a cualquier escenario de aumento de transmisión, asumiendo que no existe un enfoque único en la gestión de los casos y los brotes de COVID-19 y que se deben evaluar los riesgos en cada territorio según sus particularidades”.

Este nuevo documento “se establece como desarrollo técnico de los indicadores recogidos en el Plan de Respuesta Temprana, y establece el marco de actuación para una respuesta proporcional a distintos niveles de alerta definidos por un proceso de evaluación del riesgo en base al conjunto de indicadores epidemiológicos y de capacidad asistencial y de salud pública. Los indicadores, niveles y medidas propuestas en el presente documento serán de referencia tanto en escenarios de aumento de riesgo de transmisión como en escenarios de reducción del mismo y se irán revisando permanentemente según avance la pandemia en nuestro país", tal y como explica el escrito del Consejo Interterritorial.

Evaluación del riesgo por parte de las CCAA

En definitiva, el documento tiene como objetivo principal permitir a cada Comunidad Autónoma, de manera independiente, evaluar el riesgo, imponer un nivel de alerta y llevar a cabo unas medidas que se adapten a la situación epidemiológica de cada territorio.

Para poder valorar la situación de cada Comunidad, los expertos han tenido en cuenta indicadores sobre la situación epidemiológica, la capacidad asistencial y la capacidad de salud pública; las características y vulnerabilidad de la población susceptible expuesta; y la posibilidad de adoptar medidas de prevención y control. Es decir, unos indicadores de transmisión en los que se tienen en cuenta la incidencia, la positividad y la trazabilidad.

En cada uno de estos indicadores, los expertos han establecido unos umbrales basados en la evidencia científica, los estándares internacionales y la experiencia acumulada por las administraciones sanitarias. Para ello se han llevado a cabo dos bloques: uno con los indicadores para detectar los niveles de riesgo que se divide en la parte epidemiológica y la asistencial; y otro en el que se establecen umbrales para determinar el riesgo en función de la gravedad de la situación: nivel de riesgo extremo, alto, medio y bajo.

Bloque I: Evaluación del nivel de transmisión

Por ejemplo, en la tabla elaborada por el Consejo Interterritorial, vemos como en el apartado de la 'incidencia acumulada de casos diagnosticados en 14 días', la situación de un territorio pasaría a la nueva normalidad si esta incidencia acumulada durante dos semanas es inferior a 25 por cada 100.000 habitantes.

Si esa incidencia se encuentra por encima de 25 y hasta 50, la situación de riesgo epidemiológica se consideraría baja. El riesgo pasaría a ser medio cuando la incidencia acumulada fuera mayor que 50 pero menor que 150. Cuando esa incidencia superase los 150 por cada 100.000 habitantes, se consideraría riesgo alto hasta los 250 casos de incidencia acumulada. El tope de riesgo sería cuando los 250 casos por cada 100.000 habitantes se alcanza. En este caso, la situación sería clasificada de riesgo muy alto.

Bloque II: Nivel de utilización de servicios asistenciales por COVID-19

En este caso, el nivel de riesgo se evaluaría en función de la ocupación de camas de hospitalización por casos de COVID-19 y el número total de camas de hospitalización en funcionamiento en cada Comunidad Autónoma. Teniendo en cuenta esto, la situación de nueva normalidad sería posible si la ocupación de camas de hospitalización por casos de COVID-19 es inferior a un 2%.

Por otro lado, el riesgo sería bajo si esa ocupación alcanza el 5% de las camas para casos de la COVID-19. Cuando el porcentaje es mayor al 5% pero inferior al 10%, el riesgo pasa a ser medio. Si supera el 10% pero es inferior al 15%, el riesgo pasaría a ser alto. Y, por último, el riesgo sería muy alto si la ocupación de camas de hospitalización por casos de COVID-19 es mayor a un 15%.

En el caso de la ocupación de camas de cuidados críticos por casos de COVID-19 y el número de camas de cuidados críticos totales en funcionamiento, la situación sería normal cuando las camas utilizadas por los pacientes críticos por coronavirus es inferior a un 5%. Cuando es mayor al 5% y menor al 10%, la situación de riesgo se consideraría baja.

El riesgo pasaría a ser medio cuando la ocupación de pacientes críticos por la COVID-19 en una Comunidad es inferior al 15%. Se consideraría alto cuando sea mayor al 15% e inferior al 25%. Y por último, se consideraría de riesgo muy alto cuando la ocupación de camas por enfermos graves de COVID-19 supere el 25%.

Niveles de alerta

Según la información proporcionada en esta tabla, los niveles de alerta se asignarían de la siguiente forma:

-Nivel 1: Cuando dos indicadores del bloque I y el bloque II se encuentren en el nivel de riesgo bajo.

-Nivel 2: Cuando dos indicadores del bloque I y uno del bloque II se encuentren en el nivel de riesgo medio.

-Nivel 3: Cuando dos indicadores del bloque I y uno del bloque II se encuentren en nivel de riesgo alto.

-Nivel 4: Cuando dos indicadores del bloque I y uno del bloque II se encuentren en nivel de riesgo muy alto.

Actuaciones de respuesta (Nivel de alerta 1)

-Recomendar que las relaciones sociales se estructuren en grupos de convivencia estable.

-Limitar reuniones a un máximo de 10 personas en caso de no pertenecer al mismo grupo de convivencia (GCE) e insistir en que se mantengan las medidas de distanciamiento físico y prevención.

-Actividad física: recomendar medidas higiénicas.

-En velatorios o entierros: un máximo de 25 en espacios cerrados, siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

-En bodas, bautizos y comuniones: 50% del aforo (con máximo de 75 personas).

-En congresos, cursos y seminarios: garantizar siempre la distancia de seguridad y evitar las aglomeraciones en zonas de descanso.

-Fomentar el teletrabajo. Mantener las medidas de distanciamiento físico y prevención. Turnos escalonados en trabajos que requieren actividad presencial.

-Movilidad: recomendar limitación de los viajes no esenciales fuera de la unidad territorial evaluada.

-En lugares de culto: 50% del aforo.

-En transporte colectivo: No limitación de aforo. En horas punta aumentar la frecuencia de horarios para evitar aglomeraciones.

-Locales comerciales a un 75% del aforo y mercados al aire libre con un 75% de los puestos habituales.

-En los bares y restaurantes, terrazas al aire libre con el 75% de mesas con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas. Ocupación máxima de 10 personas por mesa o agrupación de mesas y apertura a un 75% de su aforo interior. Garantizar la distancia entre mesas de al menos 1,5 entre las sillas.

-En establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuesta, ocupación máxima de 10 personas por mesa o agrupación de mesas y apertura a un 75% de su aforo interior. Garantizar la distancia entre mesas de al menos 1,5 metros entre las sillas.

-Se limitan las salidas de residentes de centros de mayores y se limitan las visitas garantizando las medidas de prevención e higiene.

-Educación presencial y en academias y otros centros de formación no reglada se limita el aforo al 75%.

-Bibliotecas para préstamo y devolución y para uso con aforo al 75%.

-Museos y exposiciones a 75% del aforo.

-Visitas a monumentos a 75% del aforo.

-Eventos deportivos no profesionales garantizando las medidas de prevención e higiene.

-Instalaciones y centros deportivos en interior: 75% aforo garantizando distancia de seguridad y ventilación. Cerrados si no se puede garantizar.

-Centros de ocio juvenil, ludotecas, centros recreativos: aforo al 75%.

-En hoteles, apertura de zonas comunes a 75% del aforo (incluidos comedores, donde se pueden establecer turnos).

-Se respetará el límite del 75% de aforo en cada piscina. No se pueden usar las duchas de los vestuarios ni las fuentes de agua.

-Se establecerán limitaciones al acceso a playas. Se pueden usar duchas, aseos y vestuarios, limitando la ocupación.

-Limitar aforo 75% de las estaciones de esquí.

-Actividades dirigidas al fortalecimiento de capacidades y revisar capacidades instaladas de trazabilidad de contactos, adaptadas al contexto.

-Reforzar el software de seguimiento retrospectivo de contactos, así como la geolocalización de casos y equipos de intervención de campo mixtos epidemiología/asistencial de la zona

-Disponibilidad de plazas en hoteles o lugares habilitados para el aislamiento y la cuarentena de personas que no pueden realizarla en su domicilio).

-Actividades dirigidas al fortalecimiento de capacidades asistenciales en atención primaria y atención hospitalaria.

-Asegurar capacidades mínimas asistenciales: garantizar la disponibilidad de 37-40 camas/10.000 - 1,2/1.5 camas UCI/10.000 y modificaciones legislativas para que los laboratorios no sanitarios puedan realizar actividad diagnóstica previa solicitud.

Actuaciones de respuesta (Nivel de alerta 2)

-Recomendar que las relaciones sociales se estructuren en grupos de convivencia estable (GCE).

-Limitar reuniones a un máximo de 6 personas en caso de no pertenecer al mismo grupo de convivencia estable.

-Actividad física: horario preferente para personas mayores de 70 años.

-En velatorios, un máximo de 15 personas en espacios cerrados, siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

-En ceremonias como bodas, 30% del aforo (con máximo de 35 personas).

-En congresos y seminarios, un máximo 20 asistentes, según tamaño del lugar y siempre garantizando la distancia de seguridad.

-Teletrabajo si es posible. Acudir al trabajo de manera excepcional para actividades o reuniones concretas. Mantener las medidas de distanciamiento físico y prevención. Turnos escalonados en trabajos que requieren actividad presencial.

-Recomendar limitación de los viajes no esenciales fuera de la unidad territorial evaluada.

-En centros de culto, límite del 50% del aforo y prohibición de cantar.

-Los locales deben estar a un 50% del aforo y los mercados al aire libre con un 50% de los puestos habituales.

-En bares y restaurantes, las terrazas al aire libre con el 50% de mesas con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas. La ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupación de mesas y se abrirá a un 50% de su aforo interior, garantizando la distancia entre mesas de al menos 1,5 metros entre las sillas.

-En establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuesta se establece una ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupación de mesas y se limita al 50% su aforo interior.

-En las residencias de mayores, se limitan las salidas de residentes y se limitan las visitas garantizando las medidas de prevención e higiene y bajo supervisión.

-En otros centros sociosanitarios, se limitan las salidas de residentes y las visitas garantizando las medidas de prevención e higiene y bajo supervisión y se valorará la limitación de aforos salvo necesidad justificada de mantener la actividad.

-La educación será presental y en academias y otros centros de formación no reglada se limita el aforo al 50%.

-Bibliotecas para préstamo y devolución y para uso con aforo al 50%.

-Museos y exposiciones a 50% del aforo.

-Visitas a monumentos a 50% del aforo.

-Eventos deportivos no profesionales: sin público.

-Instalaciones y centros deportivos en interior: 50% aforo garantizando distancia de seguridad y ventilación. Cerrados si no se puede garantizar.

-Centros de ocio juvenil, ludotecas, centros recreativos: aforo al 50%.

-Hoteles deberán liminar las zonas comunes al 50% del aforo.

-Se respetará el límite del 50% de aforo en cada piscina. No se pueden usar las duchas de los vestuarios ni las fuentes de agua.

-Se establecerán limitaciones al acceso a playas. No se pueden usar duchas, aseos y vestuarios, limitando la ocupación.

-Se limitará el aforo 50% de las estaciones de esquí.

-Emisión de normativas comunitarias y municipales que permitan la reubicación y reasignación de tareas profesionales del personal sanitario. Refuerzo del 20-30% de capacidades de Salud Pública y se solicitará la emisión de normativa para forzar el aislamiento en hoteles o centros no sanitarios.

Actuaciones de respuesta (Nivel de alerta 3)

-Limitar al máximo los contactos sociales fuera de los grupos de convivencia estable.

-Limitar reuniones a un máximo de 6 personas en caso de no pertenecer al mismo GCE (Grupo de convivencia estable) e insistir en que se mantengan las medidas de distanciamiento físico y prevención.

-Actividad física: horario preferente para personas mayores de 70 años.

-En velatorios y entierros, un máximo de 10 personas en espacios cerrados y de 15 en abiertos, siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.

-Congresos, cursos y seminarios solo de forma telemática.

-Teletrabajo si es posible restringiendo al máximo la actividad presencial y, en trabajos que requieren actividad presencial, promover turnos escalonados y permisos para las personas vulnerables.

-Se valorará la limitación de entradas y salidas del área territorial evaluada excepto para actividades esenciales como ir a trabajar, acudir a centro educativo, centro sanitario…

-En los lugares de culto se limita el aforo al 30% del aforo y se prohibe cantar.

-Se limita el aforo al 30% en autobuses, metro, trenes, aviones.

-Los comercios limitan su aforo al 25%, los mercados al aire libre con un 25% de los puestos habituales y recogidas escalonadas de ventas por teléfono e internet.

-En los bares y restaurantes, terrazas al aire libre con el 50% de mesas con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas. Ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupación de mesas e interiores cerrados.

-Se cierran establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuesta.

-En las residencias de mayores, se suspenden las salidas de residentes (salvo fuerza mayor) y se limitan las visitas garantizando las medidas de prevención e higiene y bajo supervisión.

-Se suspende la actividad de Centros de Día salvo necesidad justificada de mantener la actividad.

-Se valora la educación semipresencial de manera individualizada para cada centro y aula.

-Las academias, autoescuelas, otros centros de formación no reglada limitan su aforo al 30%.

-En ceremonias como bodas, se establece un máximo de 10 personas en espacios cerrados y de 15 en abiertos, siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad. Se prohíbe expresamente la celebración de banquetes y cócteles.

-Bibliotecas para préstamo y devolución y para uso con aforo al 25%, museos y exposiciones a 25% del aforo, visitas a monumentos a 25% del aforo, se suspenden los eventos deportivos no profesionales, 25% aforo garantizando distancia de seguridad y ventilación en instalaciones y centros deportivos en interior, y cierre de centros de ocio juvenil, ludotecas, centros recreativos.

-Apertura de zonas comunes a 25% del aforo en hoteles.

-Acceso a playas solo para pasear o hacer deporte respetando la distancia de seguridad y estaciones de esquí, cerradas.

-Refuerzo del más del 30% de capacidades de Salud Pública y activación de los planes de contingencia ante el incremento de casos.

Actuaciones de respuesta (Nivel de alerta 4)

En este nivel de alerta 4, los territorios afectados, además de cumplir con todas las medidas del nivel de alerta 3, tendrían que ceñirse también a unas medidas excepcionales después de “una evaluación específica de la situación”. Esos territorios podrían tener que acatar la limitación de movilidad de personas, cierres perimetrales u otras restricciones del movimiento.

Actuaciones de respuesta en todos los niveles

La prohibición de fumar en la vía pública cuando no pueda mantenerse la distancia de seguridad y el cierre de discotecas y locales de ocio nocturno se establecerá en todos los niveles de riesgo.

Por el contrario, aquellos servicios esenciales como supermercados, centros sanitarios, o transporte público seguirán abiertos en todas las fases, al igual que los parques y zonas al aire libre, siempre y cuando los asistentes cumplan con las medidas de seguridad establecidas por las autoridades (mascarilla, higiene de manos y distancia).