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Cobro indebido del ERTE: ¿cómo devolver el dinero al SEPE si me han pagado de más?

El SEPE informa a aquellos que han cobrado de más en el ingreso de los ERTE. Tras un plazo de 30 días desde la notificación se aplica un recargo del 20%.

Imagen de archivo de una oficina del SAE.
JUNTA DE ANDALUCÍAEUROPA PRESS

Nada más declararse el Estado de Alarma en España surgió la figura de los ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo), al que muchas empresas se acogieron con el fin de no dar la baja definitiva a sus trabajadores en los meses de confinamiento.

Sin embargo, la avalancha de prestaciones ha supuesto multitud de errores, tanto por parte de los solicitantes como por parte de la administración. Durante la pandemia, este cobro no llegó a todos por igual y con el regreso a la actividad, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) avisó de que existían trabajadores que, o bien, habían cobrado de más el ERTE, o seguían cobrándolo, pese a haberse incorporado al trabajo.

Por eso, es importante que aquellos trabajadores en ERTE que sospechen tener en su cuenta bancaria un cobro indebido de esta prestación estén atentos a su buzón durante estos días. Y es que el SEPE anunció a principios de esta semana que “se está procediendo a notificar a las personas beneficiarias de prestaciones los cobros indebidos que se puedan haber originado”.

Plazo de 30 días hábiles

Para que no haya confusiones, el SEPE recordó en su comunicado el procedimiento por el que los trabajadores afectados pueden devolver el importe sobrante. En la nota se informa de que “aquellas personas que hayan recibido cobros de forma indebida recibirán una notificación para proceder a la devolución de estos cobros”. Asimismo, detalla que "una vez que se haya notificado este requerimiento, la persona interesada dispone de 30 días hábiles para realizar este trámite, sin recargos ni intereses si se realiza en el plazo correspondiente". En caso de sobrepasar el plazo, el afectado tendría un recargo del 20%.

Para finalizar su comunicado, el SEPE expone que “en el contexto actual, una vez efectuada la devolución del cobro indebido, NO es necesario que se presente el boletín de ingreso en la oficina de prestaciones”. No obstante, es importante conservarlo por si es solicitado más adelante.