POLITICA

Ley del Teletrabajo: ¿qué gastos le corresponde pagar a la empresa?

El acuerdo entre la empresa y el trabajador tendrá que formalizarse de manera escrita con una enumeración de los gastos y la forma para realizarla.

Ley del Teletrabajo: ¿qué gastos le corresponde pagar a la empresa?
Tom Werner Getty Images

Ha costado meses de negociación, pero la Ley del Teletrabajo ya es una realidad. Una situación que se ha dado a raíz de la llegada de la pandemia en marzo y que ahora, en plena segunda ola en nuestro país, se regula. Así lo ha anunciado este martes el Gobierno con el Real Decreto sobre el trabajo a distancia, un acuerdo al que se ha llegado con los sindicatos y la patronal. Una ley a la que ahora empresas y trabajadores tendrán que acostumbrarse de cara a los próximos meses en lo que la Ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, se refirió como “un auténtico proceso de modernización”.

Pero a raíz de esta nueva ley, han surgido muchas dudas y críticas entre los trabajadores. La principal es en referencia a los pagos de los que cada una de las partes se tiene que hacer cargo en lo que dure esta situación y, sobre todo, a quienes afecta esta nueva Ley del Teletrabajo.

Lo primero que se debe conocer es que esta nueva ley entrará en vigor a los ’20 días’ desde que aparezcan en el Boletín del Estado. (BOE) Desde ese momento se abrirá un plazo de tres meses para que la empresa y el trabajador acuerden de manera escrita e individual las condiciones de su teletrabajo -que no trabajo a distancia-.

¿A quién afecta esta nueva ley?

A todos los trabajadores con carácter ‘regular’. Un término que ha sido uno de los motivos de discusión en la negociación del Gobierno, los sindicatos y la patronal. Y es que los dos primeros querían establecer que el porcentaje para que se aplicase dicha norma en un período de tres meses fuese del 20%. Finalmente llegaron a una acuerdo y se establece el porcentaje en un 30%, lo que equivale a un día y medio a la semana.

Eso sí, este porcentaje no es para todos igual. Los contratos para menores de edad y trabajadores de prácticas deben asegurar una presencialidad del 50%.

¿Quién debe hacerse cargo de los gastos?

La empresa será la que se tenga que hacer cargo de los gastos. Es una de las normas más esperadas en este nueva Ley del Teletrabajo. Los empresarios deberán ‘sufragar’ o ‘compensar obligatoriamente’ al trabajador los gastos que supongan llevar a cabo el trabajo a distancia. Por lo tanto, los trabajadores no deben tener gastos extra, tanto en lo que se refiere a equipos informáticos o la conexión a internet desde su domicilio.

"Las personas que trabajan a distancia tendrán derecho a la dotación y mantenimiento adecuado por parte de la empresa de todos los medios, equipos y herramientas necesarios para el desarrollo de la actividad laboral”, se expone en la ley, con la premisa de garantizar los mismos derechos a todos los trabajadores.

Estos gastos que asuman las empresas deberán estar recogidos de manera escrita tras un acuerdo con el trabajador o en el marco de un convenio colectivo. “Habrá una enumeración de los gastos que pudiera tener la persona trabajadora” así como la “forma de cuantificación de la compensación que obligatoriamente debe abonar la empresa”, al igual que “el momento y la forma” para realizarla.