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CORONAVIRUS

Cómo reclamar dinero por los vuelos cancelados de TUI y otras aerolíneas

El Reglamento Europeo 261/2004 establece que las compañías aéreas deben reembolsar el importe íntegro de los billetes si los vuelos son cancelados.

Aircraft operated by TUI are pictured at Manchester Airport in Manchester, north west England on July 27, 2020, following the holiday operator's decision to cancel all holidays to mainland Spain, due to a spike in the number of COVID-19 cases there. - Tour operator TUI has cancelled all British holidays to mainland Spain from Monday until August 9, after the UK government's decision to require travellers returning from the country to quarantine. The newly-imposed rule to self-isolate, abruptly introduced at midnight Saturday hours after being announced, follows a surge in novel coronavirus cases in parts of Spain in recent weeks. (Photo by Anthony Devlin / AFP)
ANTHONY DEVLINAFP

Con el avance de la pandemia y los nuevos rebrotes, muchos países han recomendado a sus turistas no viajar a España por la posibilidad de nuevos contagios de la COVID-19. Esto ha hecho que muchas de las personas que iban a veranear en nuestro país hayan cancelado sus vacaciones o bien que hayan sido las propias aerolíneas las que han suspendido sus vuelos a España.

Este ha sido el caso de la compañía británica TUI, que decidió cancelar el pasado domingo todos sus vuelos a la península hasta el día 9 de agosto. Esta decisión ha sido tomada después de que Reino Unido, así como otros países, haya recomendado a sus turistas no viajar al territorio español, a excepción de las Islas Canarias y Baleares.

Además, en Reino Unido, todo aquel que viaje a nuestro país, deberá guardar una cuarentena obligatoria de 14 días en su regreso a su lugar de origen.

Cómo reclamar el dinero del billete

La cancelación de vuelos a lo largo de toda la crisis del coronavirus ha sido inmensa y muchas compañías han hecho oídos sordos en cuanto al reembolso del dinero de los billetes. Algunas han ofrecido bonos, pero lo cierto es que están en la obligación de devolver el importe íntegro a los clientes.

El Reglamento Europeo 261/2004, que rige las operaciones de las aerolíneas europeas, establece “el derecho del cliente a recibir un reembolso del billete o de un transporte alternativo. Y en caso de escoger la primera opción, la entidad deberá abonar el importe en el plazo de siete días”.

En el caso de que las compañías aéreas no se hagan cargo de la asistencia o del reembolso de los billetes, los afectados podrán presentar una reclamación a la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).