HACIENDA

Inspecciones de Hacienda por videollamada: ¿puedo negarme a que me la hagan?

Desde el pasado 17 de junio podríamos ser llamados para una inspección de forma telemática, que sería como una inspección al uso a afectos prácticos.

Agencia Tributaria AEAT
EUROPA PRESS - Archivo EUROPA PRESS

La pandemia del coronavirus, cuyo origen tuvo lugar en un mercado de Wuhan a finales de 2019 según precisa la Organización Mundial de la Salud (OMS), ha traído consigo una serie de medidas sanitarias a las que tendremos que adaptarnos durante los próximos meses: lavado frecuente de manos, uso de mascarilla y distancia de seguridad.

Sin embargo, no son las únicas, pues también cada vez son más las empresas que han ido implementando la modalidad de teletrabajo. Un cambio al que también se adaptó la Agencia Tributaria, en una medida publicada en el BOE el pasado 17 de junio. Por tanto, ahora es posible que nos realicen una inspección a través de una videollamada. Sin embargo, podrían surgir dudas de qué debemos hacer, pues se trata de una inspección como cualquiera otra a efectos prácticos.

¿Me puedo negar a una inspección por videoconferencia?

El decreto define que el uso de estos sistemas se producirá "cuando lo determine la Administración Tributaria y requerirá la conformidad del obligado tributario en relación con su uso y con la fecha y hora de su desarrollo". Así pues, sería posible negarse a la realización de la inspección de forma telemática, aunque en ese caso la Agencia Tributaria nos enviará un requerimiento para que acudamos a sus oficinas o bien serán ellos mismos los que acudan a nuestra empresa.

Requerimientos técnicos

También, a la hora de realizar una inspección de forma telemática, deberemos contar con unos requisitos a nivel técnico que muchas pequeñas empresas o autónomos podrían no tener, como es el uso de una cámara web. Llegado el caso, se debe comprobar que todo funciona correctamente, tanto la imagen como el sonido.

Igualmente, se podría realizar a través de un teléfono móvil, una opción más accesible, aunque para el envío de documentación sí que necesitaríamos ya un ordenador. Un desembolso que, en caso de tener que realizarlo, recae sobre las empresas y autónomos.