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CORONAVIRUS

Torra rechaza la decisión judicial y blindará el confinamiento de Lleida por decreto

La Fiscalía ha tumbado la decisión de la Generalitat de confinar a ocho municipios de la comunidad tras el rebrote sufrido en la comarca del Segrià.

El president de la Generalitat, Quim Torra, durante la presentación del libro de la portavoz parlamentaria de Junts per Catalunya, Laura Borràs, 'El poder transformador de la lectura' en Barcelona, Catalunya, (España), a 10 de julio de 2020.
El president de la Generalitat, Quim Torra, durante la presentación del libro de la portavoz parlamentaria de Junts per Catalunya, Laura Borràs, 'El poder transformador de la lectura' en Barcelona, Catalunya, (España), a 10 de julio de 2020.David Zorrakino - Europa PressEUROPA PRESS

El presidente de la Generalitat de Cataluña, Quim Torra, ha anunciado que aprobará un decreto este lunes para blindar el confinamiento en Lleida y ha rechazado por tanto la resolución de la Fiscalía Provincial de Lleida, que se ha opuesto al endurecimiento del confinamiento que pretende el Ejecutivo autonómico en la comarca del Segrià por los brotes de coronavirus que hay en la zona.

"No estamos de acuerdo con esta decisión judicial. No la aceptamos. Asumiremos las consecuencias que se deriven, pero no puedo poner en peligro la salud de las personas", ha afirmado el presidente regional este lunes en una rueda de prensa celebrada en el Palau de la Generalitat. Según Torra, las decisiones aprobadas desde el Govern no pueden quedar encalladas en un conflicto competencial en los juzgados. Por eso, ha pedido a la población de Lleida y los otros siete municipios confinados que se protejan ante el avance del coronavirus y sigan las indicaciones del Gobierno y no las del juzgado "por su bien".

En su resolución, la jueza de guardia, Elena García Muñoz, señala en un auto dirigido al juzgado de instrucción número 1 de Lleida que para tomar medidas de semejante gravedad, el Gobierno español debería declarar de nuevo el estado de alarma. Así como incide en que la resolución "parece una copia" del propio informe del estado de alarma, catalogando a los datos aportados por el ejecutivo catalán como pobres.

La jueza señala que "la proporcionalidad de esta gravísima medida limitativa y restrictiva de derechos debe basarse precisamente en la existencia de una grave y muy importante transmisión comunitaria del virus, en este caso, esta transmisión aparece en el informe de pasada, y mientras en el anterior informe de situación epidemiológica se hablaba de una posible transmisión, se utiliza la misma frase y líneas para ello que en el anterior informe y nos añaden que ahora la transmisión no es posible sino que existe y puede ser importante. No nos aportan ningún dato más, ni por qué es importante, si la importancia es extrema y grave, o en base a qué datos se puede determinar la existencia de esta peligrosa transmisión comunitaria, en definitiva, no existe motivación en datos ni en fundamentos, para establecer esta afirmación".

Medidas excesivas

Para finalizar el auto de la siguiente manera: "Todo ello hace concluir que las medidas pretendidas no solo no son proporcionales sino que se basan en datos y expresiones genéricas que hacen que una medida tan gravosa y restrictiva resulte indiscriminada a la par que desproporcionada, no habiéndose identificado ni limitado temporalmente la actuación administrativa pretendida, ni constando tampoco oposición expresa o tácita al cumplimiento de la medida sanitaria acordada de los destinatarios de la misma".

Horas antes de que la Fiscalía tumbase la propuesta y ante el constante incremento de casos en la zona, Alba Vergés, consejera de salud de la Generalitat, apuntaba a un "paso previo al confinamiento total". "Estamos tomando medidas excepcionales que se suman a las de la semana pasada, ya que hay una incidencia alta de transmisión del virus y nos hace pensar que debemos actuar cuanto antes para frenar las cadenas de transmisión". Las medidas que no tendrán efecto incluían la prohibición de los desplazamientos, a excepción de los "trabajadores esenciales" como los de los servicios de "seguridad, salud, penitenciarios, judiciales, funerarios, aguas, telecomunicaciones y residuos".