Coronavirus

Documentación: cómo demostrar dónde y con quién vivo para dar paseos y hacer actividad física

A partir de este sábado se podrá salir bajo unas condiciones. Sólo se podrá hacer en la ciudad de nuestro domicilio y con una persona con la que residamos.

Documentación y cómo demostrar dónde y con quién vivo para dar paseos
Jesús Diges EFE

A partir de este sábado se podrá salir a dar paseos en la ciudad donde se viva y acompañado de una sola persona con la que se conviva. La medida de alivio propugnada por el Gobierno aún no contempla que se salga junto a amigos o familiares con los que actualmente no se resida ni hacerlo en otro municipio diferente al de nuestro domicilio. Para eso habrá que esperar. Por tanto, desde mañana se deberá acreditar dónde y con quién vivimos en caso de ser requeridos en la vía pública por la Policía o Guardia Civil.

Muchos ciudadanos se preguntan cómo demostrar a partir de mañana con quién viven o dónde lo hacen. Lo primero que hay que decir es que legalmente cualquier ciudadano español debe estar empadronado en el lugar donde en ese momento tenga establecida su vivienda habitual. Por eso, la forma correcta de certificar que se vive en un municipio u otro será la de presentar el documento del padrón.

Certificado de empadronamiento

Aunque es la forma legal de demostrar dónde se reside, hay otras formas de acreditar el lugar. Una de ellas es el contrato de alquiler que se posea y otra será el propio DNI de la persona, pero esto no garantizará nada a los ciudadanos a efectos legales, puesto que si la persona no está empadronada en la ciudad donde realmente vive, podría ser multada. Las sanciones contempladas ascienden a 150 euros cuando la ciudad sea mayor de 500.000 habitantes, mientras que éstas bajan a 90 euros para municipios entre 50.001 y 500.000 habitantes. Las cantidades van descendiendo en función de la población de las localidades hasta llegar a cantidades insignificantes como son los 3 euros para localidades entre 5.001 y 20.000 habitantes.

Presentación del DNI

La lógica indica que, en caso de ser demandados por la Policía, los ciudadanos deberán enseñar su DNI a los agentes, documento que todos llevamos habitualmente en nuestro poder. La dirección de residencia allí reflejada deberá coincidir con la ciudad en la que se esté paseando y se deberá estar en el radio de un kilómetro sobre la vivienda marcado como distancia máxima para efectuar esos paseos. Asimismo, si dos personas salen a la calle juntas también deberán demostrar que viven juntos. El DNI volverá a ser el mejor indicativo.

La experiencia a partir de mañana marcará la forma de actuar de los agentes encargados de controlar estas salidas. En principio el DNI será la forma de acreditar dónde y con quién vive cada persona, aunque en caso de que la dirección allí marcada no coincida con la dirección actual de residencia deberemos tenerlo en cuenta y tener presente la idea de demostrar la ciudad con el certificado de empadronamiento.