La justicia española no reconoce el pasaporte biológico
Considera que no se debe sancionar a Ibai Salas cuatro años por irregularidades. La AMA había recurrido. El TAS, sin embargo, ratificó el castigo en agosto.
La credibilidad de España en la lucha contra el dopaje sufrió un nuevo revés. Un revés duro, pues, en resumen, la justicia española ha venido a decir en un auto relativo al caso del exciclista Ibai Salas que el pasaporte biológico no es un medio válido ni suficiente para sancionar a un deportista.
El Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Madrid, según el dictamen al que ha tenido acceso Europa Press, concluye que Salas no debe ser sancionado cuatro años por irregularidades en el pasaporte, una radiografía hematológica que detecta el dopaje basándose en las alteraciones de los datos y que la Agencia Mundial Antidopaje ha consagrado como su herramienta más valiosa. Salas fue sancionado en 2018 cuatro años por la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte (AEPSAD), pero el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) anuló el castigo, dejando a España en situación de incumplimiento del Código Mundial.
La Agencia Mundial Antidopaje recurrió en la vía deportiva al TAS suizo, que en agosto confirmó la sanción de cuatro años. También recurrió en la vía ordinaria de lo contencioso-administrativo, donde ha sido desestimado. Salas, que está retirado, podría ahora correr en España, aunque no fuera. La sentencia dice que la AMA pretende dar al pasaporte biológico un "valor de prueba que vulneraría el derecho fundamental a la presunción de inocencia, que ha de regir en el procedimiento administrativo sancionador" e incluso iría contra el Art. 24 de la Constitución. Un palo que sigue dejando a España en riesgo de ser inhabilitada por la AMA, como ya ocurrió por no adaptar su Ley Antidopaje.
Precisamente, en una nueva revisión de la Ley que se debe realizar antes del 1 de enero para adaptarse al nuevo Código Mundial Antidopaje y para la que ha dado luz verde el Gobierno, se pretende evitar el recurso al TAD de los sancionados. Una instancia que ha echado atrás muchas sanciones por dopaje.
La AMA tiene 15 días para recurrir ante la misma instancia. La AEPSAD, consultada por AS, aún no había recibido la sentencia y espera poder "estudiarla en profundidad" para determinar si en verdad pone en cuestión el pasaporte. Algo que sí ocurre.