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OPERACIÓN PUERTO

La AEA recurrirá, quiere las bolsas e irá contra los ciclistas

Para Ana Muñoz, la sentencia no es "plenamente satisfactoria". Considera probadas las prácticas de dopaje y por eso cree que se puede actuar administrativamente.

Actualizado a
La directora de la Agencia Estatal Antidopaje (AEA), Ana Muñoz Merino, durante la rueda de prensa que ha ofrecido esta tarde en la sede del CSD, en Madrid, para analizar la sentencia de la Operación Puerto que se ha conocido hoy.
EFE

Ana Muñoz, directora de la Agencia Estatal Antidopaje, anunció que el Estado recurrirá la sentencia ante la Audiencia Provincial de Madrid, que no ha sido “plenamente satisfactoria” y que pedirá a la juez Julia Patricia Santamaría las bolsas de sangre y la documentación para iniciar o retomar procedimientos administrativos contra los juzgados o los deportistas. “Ha quedado acreditado que las prácticas eran gravemente dañinas para la salud de los deportistas”, advirtió. “Para mí, la Operación Puerto no ha terminado”. También señaló que no comparte algunas absoluciones, como la de Yolanda Fuentes.

Balance: “No olvidemos dónde estábamos: año 2006. Y que hay una condena al médico responsable, alguno de sus colaboradores y a otros que no han podido ser juzgados por cuestiones físicas (José Luis Merino Batres) o porque ya no están entre nosotros (Alberto León). Fuentes no protegía la salud, lo hacía por dinero y la única finalidad era aumentar el rendimiento. Es positivo, pero no satisfactorio plenamente para la AEA. Pero no puedo dejar de recordar que hay una condena para un médico que sólo quería aumentar el rendimiento y evitar los controles. En las 386 páginas considera que esas sustancias y prácticas eran gravemente dañinas para la salud de los deportistas”.

Bolsas de sangre: “Entra dentro de competencias de AEA recabar todas las pruebas documentales o biológicas que permitan la identificación de los deportistas. Respeto la independencia judicial, pero no comparto los argumentos de Julia Patricia Santamaría para denegar la entrega de las bolsas de sangre. No comparto el criterio interpretativo de la juez y pondremos en manos de los servicios jurídicos de AEA y CSD para que puedan ser entregadas e identificar a los deportistas que acudían a manos de un médico condenado por realizar prácticas contrarias a la salud”.

Muñoz traslada la sentencia al Colegio Oficial de Médicos

La inhabilitación de cuatro años de Eufemiano Fuentes sólo como médico deportivo tampoco es acorde a las expectativas de la AEA. Muñoz ha decidido dar traslado de la sentencia al Colegio Oficial de Médicos para que la estudien y consideren si se puede actuar contra él en otros ámbitos de su práctica profesional. El canario trabaja como médico de familia en un centro de salud de Las Palmas. 

Cerco a los deportistas: “Puedo dedicar todos los esfuerzos que la ley me permiten para que los aspectos oscurantistas tengan luz en el procedimiento administrativo y penal. Para mí, la Operación Puerto no ha terminado. Debemos trabajar en la solicitud de las pruebas de los hechos que se consideran probados. Y todo eso incide en el procedimiento administrativo. Voy a pedir las bolsas y los documentos para poder juzgar los hechos por la vía administrativa. Además, en 2006 la RFEC abrió expedientes que quedaban a resultas de lo que se decidiera en el juicio. Pediré desde la Comisión de Control de Dopaje los expedientes a la RFEC para analizarlos, así como cualquier otra evidencia o prueba documental de la que se deduzca la implicación de un deportista y se pueda abrir ahora expediente”.

Absoluciones: “Hay absoluciones que no comparto. En el relato se señala que sólo tenían una finalidad: dopaje deportivo. Hoy serían delito y pueden ser perseguidas desde el punto de vista administrativo. La AEA acepta la sentencia pero no como punto final. Pondremos en marcha todos los mecanismos administrativos o penales respecto al recurso que presentaremos con el fin de que todas las responsabilidades respecto a los juzgados o los deportistas queden definidas. De Yolanda Fuentes hay indicios de colaboración con Eufemiano, aunque la juez no los considere suficientes. Si se produjeran hechos acreditados que permitieran iniciar otro gran caso estaríamos en una situación bien diferente. Ahora existe el artículo 361 bis. No duden de que se abriría otro caso si hay evidencias”.

Sangre: “Deja claro algunas cuestiones que habían sido relativizadas y puestas en tela de juicio: la sangre es un medicamento y eso es una cuestión importante. Con la actual legislación penal estas causas pueden ser consideradas delito de dopaje contra la salud pública”.

Lucro: “Estas prácticas dirigidas y organizadas por Fuentes, se realizaban con la única finalidad del dinero. Nunca protegían la salud. Los que fueran sus clientes tienen que saber que ha quedado acreditado en el juicio que las prácticas a las que se sometieron voluntaria o involuntariamente ponían en peligro su salud”.

Investigación: “El proceso de instrucción de la Guardia Civil ha sido correcto para acreditar los hechos. También es importante. Porque en siete largos años se ha señalado que la instrucción era nula y que no serviría para condenar a nadie”.

Riesgo: “También se señala que los lugares y los métodos no eran equiparables a los controles de dopaje que hacemos y que en ningún caso podía desconocerse que era también un elemento añadido como práctica de riesgo”.