NewslettersRegístrateAPP
españaESPAÑAchileCHILEcolombiaCOLOMBIAusaUSAméxicoMÉXICOusa latinoUSA LATINOaméricaAMÉRICA

ACTUALIDAD

Prestación por desempleo a artistas: requisitos, cómo pedir y quiénes la pueden solicitar a la Seguridad Social

Artistas y profesionales técnicos y auxiliares del sector podrán acogerse a una prestación por desempleo habiendo cotizado menos días de los exigidos por el paro ordinario.

Actualizado a
Los bailarines de la compañía Les Ballets de Monte-Carlo durante la presentación de "Romeo y Julieta" en el Teatro de la Maestranza, a 10 de enero de 2023 en Sevilla, (Andalucía, España). El Teatro de la Maestranza de Sevilla acoge el ensayo general del espectáculo de danza "Romeo y Julieta". La compañía Les Ballets de Monte-Carlo estará acompañada por la Orquesta Sinfónica de Sevilla.
10 ENERO 2023
Francisco J. Olmo
10/01/2023
Francisco J. Olmo Europa Press

El Gobierno quiere echar una mano a los artistas españoles a golpe de Real Decreto. Este martes, el Ejecutivo aprobó tres medidas que los sindicatos artísticos como Unión de Actores venían tiempo exigiendo: una prestación por desempleo que se adapte a la intermitencia de la actividad de estos profesionales, la compatibilidad de la prestación de jubilación con otros ingresos y una cuota especial para el empleo cultural autónomo con ingresos inferiores a los 3.000 euros.

“Hay muy pocos países que cuenten con esta protección y España da un paso adelante”, explicó la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, que aseguró que el Gobierno “está comprometido con todo su país, pero especialmente con quien más lo necesita”, también con el sector cultural, que tiene “enormes vulnerabilidades y necesita muchísima protección”.

Se suele asociar la cultura a una vida envidiable, rodeada de fama y fortuna. Pero la realidad difiere: tras semanas o meses de trabajo exponencial, los artistas pueden pasar meses sin empleo, con una pesada incertidumbre y sin ningún ingreso. Gracias a la medida, tanto los artistas como trabajadores de actividades técnicas y auxiliares del sector podrán acceder a un paro de hasta 600 euros mensuales si demuestran haber cotizado al menos 60 días en los últimos 18 meses, o seis meses 180 días en los últimos seis años, frente a los 360 que exige el paro ordinario. En esta nueva prestación solo se incluirán trabajos del sector cultural.

Los 600 euros estarán destinados a las personas que hayan superado los 61 euros cotizados. Si el cotizante ha aportado menos de esa cantidad, recibirá el 80% (480 euros). La duración de la prestación es de cuatro meses. Una de las ventajas de este paro para artístas es que “es compatible con la percepción de derechos de la propiedad intelectual y de imagen”, según un comunicado del Ministerio de Cultura y Deporte. Una de las desventajas, que no será compaginable con una prestación contributiva ordinaria.

Compatibilidad de la prestación por desempleo y otros ingresos

Desde 2019 ya se pueden cobrar derechos de autor mientras se ingresa la pensión de jubilación, pero ahora también será compatible con otras actividades conexas con el oficio, como rendimientos obtenidos por dar una conferencia. Esta conciliación se extiende también a los profesionales técnicos o auxiliares del sector: “El Gobierno quiere que la gente de la cultura pueda seguir contribuyendo a su país a pesar de estar jubilada”, explicó Díaz.

Por otro lado, se fija una cuota de autónomos específica y reducida “para los artistas autónomos de bajos ingresos (iguales o inferiores a 3.000 euros anuales)” con una base de cotización de 526,14 euros, lo que supone una cuota mensual de 161 euros. “La base se irá actualizando en años siguientes. Además, en atención a la irregularidad de muchas de las actividades de este colectivo se abre la posibilidad a solicitud del interesado de que el plazo de ingreso de las cuotas sea trimestral, en vez de mensual”, señala el comunicado.

Por último, se crearán dos grupos de trabajo compuesto por integrantes de los ministerios competentes y personal de los sindicatos culturales. Los grupos estudiarán el reconocimiento de las enfermedades derivadas de las actividades artísticas y del “reconocimiento de la intermitencia en el ámbito laboral y de la Seguridad Social de los artistas y trabajadores autónomos de la cultura”, según el Ministerio de Cultura.