CAMPAÑA RENTA 2023-24

Tramos autonómicos y estatales del IRPF en la Renta 23-24: ¿qué tipos máximos y mínimos hay por comunidad?

El tipo autonómico lo fijan las propias comunidades, en función de la legislación. Hay diferencias tanto en los porcentajes como en los tramos.

Eduardo ParraEuropa Press

La campaña de la Renta 2023-24 comienza este 3 de abril. Este año se mantienen los seis tramos estatales del IRPF, que ya llevan dos años en vigor.

Para los contribuyentes que se encuentren en el sexto y último tramo, se les aplicará una retención del IRPF del 47%. Un tipo inferior es el que deben presentar las personas que reciben un máximo de 12.450 euros (primer tramo), cuyo tipo total será de un 19%. Este porcentaje aumenta a medida que suben los ingresos obtenidos por una persona física.

Aunque el IRPF es estatal, el 50% de la recaudación de este impuesto está compartido con las comunidades autónomas, que pueden introducir cambios en los tramos en el impuesto.

Tramos estatales en el IRPF en 2024

TramosEstatalesAutonómicosTotal
Desde 0 a 12.450 euros9,5%9,5%19%
Desde 12.450 a 20.200 euros12%12%24%
Desde 20.200 a 35.200 euros15%15%30%
Desde 35.200 a 60.000 euros18,5%18,5%37%
Desde 60.000 a 300.000 euros22,5%22,5%45%
Más de 300.000 euros24,5%22,5%47%

Tramos autonómicos: tipos mínimos y máximos en cada comunidad

ComunidadTramosTipo mínimoTipo máximo
Andalucía89,50%22,50%
Aragón99,50%25,50%
Asturias810%25,50%
Baleares99,50%25%
Canarias69%26%
Cantabria79,50%25,50%
Castilla La-Mancha59,50%22,50%
Castilla y León59,50%21,50%
Cataluña712%25,50%
Comunidad Valenciana1010%29,50%
Extremadura98%25%
Galicia79%22,50%
La Rioja79%27%
Madrid58,5%20,5%
Murcia59,50%22,50%

País Vasco y Navarra presentan su propia escala de tramos

Al disponer de un régimen foral propio, tanto País Vasco como Navarra no disponen de tramo autonómico como el resto de comunidades, y disponen de su propia escala de tramos. Según explica Hacienda , País Vasco y Navarra tienen la potestad para mantener, establecer y regular su propio régimen tributario, por lo que la gestión, liquidación, recaudación e inspección de la mayoría de los impuestos estatales. La recaudación de los impuestos se realiza por las propias comunidades y éstas contribuyen a la financiación de las cargas generales del Estado no asumidas, mediante el denominado “cupo”, que se fija cada cinco años y se actualiza de forma anual.

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