¿Quieres la Green Card y ya estás en EE.UU.? Este cambio podría hacer el proceso mucho más rápido
El USCIS ofrece una opción para solicitar la Green Card sin necesidad de salir de los Estados Unidos. Te explicamos en qué consiste.


El gobierno estadounidense ofrece varias formas para que los extranjeros puedan residir y trabajar legalmente en la Unión Americana. Una de estas es la Tarjeta de Residencia Permanente, conocida popularmente como Green Card o Tarjeta Verde.
Algunos extranjeros deben solicitar la Green Card fuera de los Estados Unidos. No obstante, algunas personas pueden obtener una Tarjeta de Residente Permanente sin tener que regresar a su país de origen para completar el trámite de la visa gracias a un “ajuste de estatus”.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) explica que el ajuste de estatus es el proceso para solicitar la Green Card para las personas que están presentes en Estados Unidos.
Los requisitos de elegibilidad para el ajuste de estatus pueden variar según la categoría de inmigrante bajo la que una persona solicita su Tarjeta Verde. Si está en Estados Unidos y es elegible para ajustar su estatus bajo alguna categoría, puede presentar un Formulario I-485.
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Todas las categorías bajo las que se puede solicitar una Green Card
De acuerdo con el USCIS hay diversas formas para que los extranjeros soliciten una Green Card; por ejemplo, mediante un familiar, una oportunidad de empleo o casos especiales de refugio o asilo.
Los requisitos de elegibilidad, así como la documentación, precio y tiempo de espera, pueden variar según la categoría de inmigrante bajo la que se presenta la solicitud. Estas son todas las categorías bajo las que se puede solicitar una Green Card y quiénes pueden aplicar:
- Residir en Estados Unidos antes de 1972: Ha residido continuamente en Estados Unidos desde antes del 1 de enero de 1972.
- A través de la familia: Familiar inmediato de un ciudadano estadounidense, otro familiar de un ciudadano estadounidense o de un residente permanente legal bajo las categorías preferenciales basadas en la familia, rometido(a) de un ciudadano estadounidense o hijo de un(a) prometido(a), viudo(a) de un ciudadano estadounidense y autopeticionario VAWA (víctima de abuso o crueldad extrema).
- A través del empleo: Trabajador inmigrante, médicos con Exención por Interés Nacional e inversionista inmigrante.
Inmigrante especial: Trabajadores religiosos, jóvenes inmigrantes especiales, nacional afgano o iraquí, representante de los medios de comunicación internacionales, empleado de una organización internacional o su familiar, o un empleado de OTAN 6 o su familiar. - A Través del Estatus de Refugiado o Asilado: Personas a las que se les concedió asilo o fueron admitidos como refugiados hace al menos 1 año.
- Víctimas de Trata Humana y otros Crímenes: Personas con una visa de No Inmigrante T o visa de No Inmigrante U.
- Víctimas de Abusos: Autopeticionario VAWA – víctima de abuso o crueldad extrema, Jóvenes Inmigrantes Especiales, Cónyuge e hijo abusado (víctima de abuso o crueldad extrema) bajo la Ley de Ajuste Cubano, Cónyuge e hijo abusado (víctima de abuso o crueldad extrema) bajo la ley de Equidad en la
- Inmigración de Refugiados Haitianos (HRIFA).
Otros casos en los que se puede solicitar la Green Card
- Ley de Equidad en la Inmigración de Refugiados Liberianos
- Programa de Visas de Diversidad
- Ley de Ajuste Cubano
- Cónyuge e hijo abusado (víctima de abuso o crueldad extrema) bajo la Ley de Ajuste Cubano
- Dependiente de Estatus bajo la Ley de Imparcialidad en la Inmigración de Refugiados Haitiano (HRIFA)
- Cónyuge e hijo abusado bajo HRIFA
- Con permiso de ingreso Lautenberg
- Ley de Ajuste de Permiso de Ingreso de Indochinos de 2000
- Indio Americano nacido en Canadá
- Personas nacidas en EE.UU. hijos de diplomáticos extranjeros
- Diplomático o alto oficial que no puede regresar a su país. Los cónyuges y otros familiares cualificados de diplomáticos también pueden presentar una solicitud.
Para más información sobre la residencia permanente y las categorías de elegibilidad, te recomendamos visitar el portal web del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) o consultar con un abogado experto en migración.
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