ELECCIONES GENERALES

Elecciones 2019: cuál es mi mesa electoral y qué documentación necesito para votar

Contamos cómo saber en qué colegio y mesa electoral votar según el censo electoral y la documentación necesaria: DNI, pasaporte y hasta carné de conducir.

Elecciones 2019: cuál es mi mesa electoral y qué documentación necesito para votar

Todos los ciudadanos españoles mayores de 18 años tienen derecho al voto. Desde el 17 de octubre todos han tenido que recibir en sus casas la tarjeta censal para las elecciones generales de este 10 de noviembre. Esta tarjeta sólo tiene valor informativo y en esa se indican el sitio donde tienes que votar, la sección y la mesa electoral que te corresponde.

Sigue la última hora de las elecciones generales en directo

La información que contiene la tarjeta censal sólo sirve para estas elecciones. Si en la tarjeta censal hay algún dato erróneo no hay que alarmarse porque tiene sólo carácter informativo.

Así se consulta la mesa donde te toca votar por Internet

Si no te ha llegado la tarjeta del censo electoral no te preocupes estás a tiempo de saber dónde tienes que votar. Hay habillitado un teléfono que es el 901 101 900 y también puedes consultarlo por internet en la página web de la sede electrónica del Instituto Nacional de Estadística. Una vez dentro del enlace tienes que pinchar en el lado derecho que pone ‘Consulta de mesas y locales electorales’ y una vez allí tienes que rellenar todos los campos que se te solicitan. También puedes consultarlo a través de los ayuntamientos. Ponemos como ejemplo el ayuntamiento de Madrid en este enlace.

Tiempo libre en el trabajo para votar

Si en la jornada del 10 de noviembre te toca trabajar durante el horario que están abiertos los colegios electorales, puedes hacer uso de hasta 4 horas libres para que puedas ejercer tu derecho al voto y acudir al colegio. Si necesitas justificante para tu trabajo te lo dan en la propia mesa electoral.

¿Quiénes no tienen derecho al voto?

Los condenados por sentencia firme a la privación del derecho de sufragio, los declarados incapaces por sentencia judicial a ejercer su derecho al voto o los internados en un hospital psiquiátrico con autorización judicial y que el juez declare la incapacidad para el ejercicio del voto. Si las elecciones generales de abril fueron las primeras en las que 100.000 españoles con discapacidad intelectual tuvieron derecho a votar, estas del 10 de noviembre serán las primeras que tengan a dos personas de estas características que serán miembros de una mesa electoral: una será vocal titular en Madrid y otra vocal suplente en el municipio coruñés de Noia. 

Documentos necesarios

Fundamental es el Documento Nacional de Identidad, pero también valdría el Pasaporte en Vigor o el Carnet de conducir, todo ellos con fotos. Si tienes el DNI caducado no pasa nada, con tal de que sean originales que es lo que se necesita. Lo que no valdrá son las fotocopias.