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MOTOCICLISMO

El TS impone multas millonarias a los organizadores de MotoGP

Ezpeleta y Aldama multados por simular una compraventa de acciones para tener ventajas fiscales y un reparto de dividendos encubierto. Dorna respondió en un comunicado.

Carmelo Ezpeleta, el jefe ejecutivo de Dorna Sports.
FELIPE SEVILLANODIARIO AS

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado que Dorna Sports, entidad organizadora del Mundial MotoGP, y dos de sus directivos simularon en 2003 y 2004 una compraventa de acciones para obtener ventajas fiscales y un reparto de dividendos encubierto.

En un total de doce sentencias dadas a conocer este martes, el alto tribunal declara que, además de hacer frente a las liquidaciones del impuesto de sociedades e IRPF correspondientes - Hacienda calculó inicialmente una cuantía de 25.5 millones de euros con intereses de demora que ahora hay que recalcular a la baja-, los responsables de la entidad cometieron una infracción grave a la Ley General Tributaria al mediar ocultación, por lo que tendrán que hacer frente a una sanción económica.

La decisión supone que los socios de Dorna Carmelo Ezpeleta y Enrique Aldama, con sus respectivas cónyuges en cada caso, deben pagar 3,9 millones de euros el primero y 2,7 millones el segundo en concepto de IRPF del año 2004.

Además, la sentencia establece que ambos cometieron una infracción grave por dejar de ingresar la correspondiente cuota tributaria, por lo que Hacienda deberá establecer contra ellos la correspondiente sanción.

DORNA RESPONDE CON UN COMUNICADO

Dorna Sports, ha emitido un comunicado, tras conocer que el Tribunal Supremo ha impuesto una multa de 6,6 millones de euros por una infracción grave a la Ley General Tributaria, en el que afirma que las operaciones realizadas "son normales y frecuentes en las economías de nuestro entorno y plenamente válidas desde el punto de vista mercantil".

"Desde el máximo respeto a las decisiones judiciales, Dorna quiere manifestar su discrepancia con el contenido del fallo del Tribunal Supremo relativo a la calificación jurídico-tributaria como simuladas de operaciones de recapitalización apalancada ("leverage recapitalization") realizadas en los ejercicios 2003 y 2004", explica la empresa.

"Dichas operaciones son normales y frecuentes en las economías de nuestro entorno y plenamente válidas desde el punto de vista mercantil. Su calificación como no simuladas es reconocida incluso por varios magistrados del Tribunal Supremo que han manifestado expresamente su discrepancia con el contenido de las sentencias formulando los oportunos votos particulares a las mismas", agrega.

"Dorna está analizando diversas vías de actuación ante las citadas sentencias", concluye.