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Ana Muñoz Merino (Capítulo 1)

"Tipificar como delito el consumo de dopaje no es descabellado"

"Si tengo una prueba contra Marta Domínguez, iré hasta el final, pero no puedo vulnerar la ley", dice en la entrevista la directora de la Agencia Estatal Antidopaje (AEA).

Ana Muñoz Merino.
Jesús Rubio

Mañana termina el plazo para los recursos de la sentencia de la Operación Puerto. ¿Por qué y en qué debería cambiar la Audiencia Provincial de Madrid el fallo?

Porque jurídicamente hay numerosos argumentos. Creemos que las condenas deben ser superiores, que hay hechos probados y pruebas que acreditan que esos hechos eran perjudiciales para la salud, que se hacían a cambio de precio, y que nunca tenían una finalidad terapéutica. Además, queda acreditado que tenían un único destinatario, que eran clientes de Eufemiano Fuentes que intentaban evitar los controles antidopaje, incrementar su rendimiento y falsear la competición, y esas conductas son contrarias a la normativa deportiva. Nosotros queremos poder iniciar todos los procedimientos deportivos que se derivan de esos hechos, y para ello es imprescindible contar con todas la pruebas, y fundamentalmente con las bolsas de sangre. Y en tercer lugar, existen sanciones incoherentes. Si las prácticas eran contrarias a la salud, no es lógico que las inhabilitaciones se establezcan sólo para la medicina deportiva. Por todo esto, pensamos que la sentencia debe ser otra.

Resumiendo: condenas mayores, inhabilitación médica no sólo deportiva y la entrega de pruebas para incoar expedientes. ¿Y condenar a alguien que no esté condenado?

Hay hechos acreditados en el juicio, que quizá no han sido tomados en consideración, que permitirían que otras personas que han sido absueltas pudieran ser declaradas culpables. Esto tampoco es nuevo, porque ya se pedía.

Usted apuntó a Yolanda Fuentes.

De Yolanda hablé porque la propia juez dice en la sentencia que existen hechos probados, que ella considera insuficientes. Tenga en cuenta que cuando se realizan las imputaciones y posteriores acusaciones todas las partes consideran que los presuntos culpables no sólo son Eufemiano y Labarta. Eso no ha cambiado.

La juez ha denegado las pruebas. Mantiene un poco la misma línea de jueces anteriores, como los instructores de la propia Operación Puerto o de la Operación Galgo. Siempre el argumento de que como se han conseguido con el instrumento penal, esas pruebas no se pueden trasvasar al ámbito administrativo, porque ésa no era su finalidad. ¿Cómo se cambia esta inercia?

Jurídicamente hay diferencias importantes entre ambas. La instrucción de la Operación Puerto ha sido revalidada por la juez: las entradas en domicilios o las escuchas han sido bajo el amparo del juez y, en consecuencia, con garantía de los derechos de los implicados. En la Galgo no fue igual, la juez consideró que los hechos investigados no eran lo suficientemente relevantes como para mantener unas escuchas y lo que hace es anularlas. En la Puerto la juez no usa los mismos argumentos, sino un argumento del que discrepo: que cuando han sido obtenidas unas pruebas con lesión de derechos fundamentales, no pueden ser utilizadas en el ámbito administrativo.

¿En qué discrepa?

Mi primera discrepancia es que hayan sido obtenidas con lesión de derechos fundamentales, porque si se hubieran lesionado, la juez no las hubiera autorizado. Y si son válidas y acreditan unos hechos, el propio Tribunal Constitucional dicta que los hechos no pueden ser y no ser en dos procedimientos distintos. Los hechos son los que son, y si están demostrados son a efectos del procedimiento penal, pero también a efectos de otros procedimientos.

Da la sensación de que los jueces no están mentalizados de la importancia del dopaje.

Es el primer gran juicio en este ámbito, tardó siete años, no existe jurisprudencia...

Antes se sobreseyó el caso Manzano. O el mismo juez Serrano también archivó dos veces la Operación Puerto. La sensación es que se lo toman como algo muy menor.

Y entiendo que pueda haber esa sensación. Pero preferiría pensar que la legislación no era clara en ese momento, que este tipo de conductas no son fáciles de descubrir... Aunque en lo que tiene usted razón es en que hay que hacer una campaña de sensibilización con los jueces, que les hagamos ver la trascendencia de la actividad deportiva. Que no hay que verla sólo como salud. Con el dopaje también hay fraude en la competición, corrupción económica, estafa a organizadores, organismos públicos y patrocinadores... Hay muchos elementos que deberíamos tener en cuenta y que quizá no hemos sabido explicar a la opinión pública, ni tampoco al resto de agentes.

En la sentencia, la juez alude a la próxima ley y un argumento que esgrime es que no obligará a dar las pruebas. Se recoge la posibilidad del trasvase, pero no obliga.

En eso tampoco estoy de acuerdo con la interpretación de la juez. Analiza un proyecto de ley que no ha entrado en vigor, lo cual ya es llamativo, pero usa como argumento el dictamen del Consejo General del Poder Judicial, que mostraba la necesidad de contemplar el principio de proporcionalidad, algo que se hace. Pero la juez no señala que el Consejo de Estado hizo un análisis posterior de la ley y no ha puesto ninguna pega.

Entonces, ¿darán las pruebas con la nueva ley o no?

Igual que las están dando ahora en otros procedimientos: en el ámbito fiscal no está habiendo ningún problema. Ni en el contrabando, el consumo o el medio ambiente... No me resulta extravagante pensar que en el ámbito deportivo tampoco habrá trabas.

Decía Miguel Cardenal que si aun así los jueces tampoco dan las pruebas, igual habría que endurecer la ley y tipificar también como delito el consumo de dopaje.

Hay que repensar el derecho penal del deporte. Hay hasta cuatro preceptos que están dispersos por el Código Penal. Y creo que el deporte tiene tal identidad como para que se contemplen unitariamente: no es lo mismo el amaño de partidos, la violencia en los estadios o el dopaje, pero tienen muchos elementos comunes. Y el principal es conocer la trascendencia del deporte y por qué hay determinadas conductas que se dan en las competiciones deportivas.

¿Y respecto al consumo?

Cuando se produce la modificación en 2006 y se aprueba el artículo 361 bis, se incluye el dopaje dentro de los delitos contra la salud pública, de una manera bastante similar al delito de sustancias prohibidas y la despenalización del consumo de las drogas sociales. De forma que esas conductas no están tipificadas para consumo propio. Pero yo creo que el dopaje va más allá, porque manipulas la competición y lesionas a terceros. Si te fumas un porro te perjudicas a ti mismo, mientras que las sustancias dopantes afectan a otras personas: hay engaño, hay fraude Los perjudicados son el resto de competidores. Y al que compite en desigualdad, ¿quién le protege? Por lo tanto, contemplar el consumo como delito no me parece descabellado.

O los jueces se sensibilizan, o me temo que acabará así.

Es que los deportistas limpios son los desprotegidos. En estos días se está pidiendo a través de las redes que las bolsas no se destruyan. Es una manifestación, están diciendo: 'Oigan, políticos y administradores, ¿ustedes quieren mirar hacia donde tienen que mirar? Está muy bien proteger a todo el mundo, pero ¿a los deportistas limpios quién nos protege?'. Por eso no es descabellado.

¿Sólo si los jueces no trasvasan las pruebas o incluso a pesar de eso?

Hay que contemplarlo serenamente como una posibilidad en sí misma.

Si al final la Audiencia Provincial de Madrid tampoco da las bolsas, ¿habría otra forma de sacar adelante los expedientes?

En derecho, cualquier prueba válida es suficiente para iniciar un procedimiento. Las bolsas son las evidencias más claras, pero se pueden usar otras pruebas documentales, testificales ¿Qué impediría que algunos deportistas dijeran que ellos formaban parte de esas prácticas?

¿Pero la Federación no puede decir, por ejemplo, aquí aparece el nombre de Luis León Sánchez, y como Eufemiano Fuentes ha reconocido que hacía transfusiones de sangre, pues resulta suficiente prueba para sancionar?

Si en el sumario queda acreditada la participación de deportistas, el procedimiento administrativo se puede iniciar con garantías. Esos expedientes ya están abiertos en la Federación, y no sólo para deportistas, también para algunos de los absueltos. Aún hay recorrido jurídico. Pero yo aquí lo que pido es que se impliquen los deportistas. Algunos ya lo hacen, pero hay que dar un paso más. Si no se implican, será difícil perseguir a los tramposos.

¿Da resultado el mensaje de puertas abiertas?

Ya han venido algunos deportistas y también algunos médicos. Poco a poco. Es un terreno que necesita abono y tiempo, pero también creo que la Operación Puerto es una oportunidad para avanzar en ese camino, porque nuestro país puede estar en entredicho. Ya lo decían Nadal y Feliciano hace unos días: nosotros sabemos lo que es salir a competir en el extranjero y tener que estar pechando con una losa que ni es nuestra, ni queremos tenerla.

Ya que habla de losas... Otra losa es la senadora Marta Domínguez. Convendría aclarar su presunta implicación en la Puerto, o incluso en la Galgo, donde la propia juez hablaba de conductas reprochables.

Si tengo una prueba de que esta persona o Perico el de los Palotes se ha dopado, no voy a tener ningún inconveniente para depurar responsabilidades, iré hasta el final se llame Marta Domínguez o como se llame. Y dicho esto, analicemos la Galgo. Si uno lee el auto de archivo, dice varias cosas. Que los hechos aportados en la instrucción no son suficientes para sustentar los delitos que se imputaban, que no eran de dopaje, sino de blanqueo y fiscales. La juez dice que esos hechos no son suficientes y que las medidas extraordinarias decaen, y por eso todo se anula. Pero hay un párrafo importante donde la juez no dice que Marta se dopara, sino que 'no pueden confundirse hechos que pudieran ser constitutivos de delitos de dopaje, con los que aquí se investigan'. Utiliza el término potencial, pero no afirma que Marta se dopara.

Ni tampoco lo contrario.

No, porque ella no lo puede investigar. Porque el consumo de sustancias dopantes no es un delito. Por eso un juez penal nunca va a decir eso. Y yo no puedo vulnerar esa ley.

Usted habla de derecho y yo de opinión pública. La senadora es del mismo partido que gobierna. Y mientras ese lunar siga ahí, por muy buen trabajo antidopaje que se haga, no va a tener la misma credibilidad. Ésa es la inquietud social y ésa es la losa.

Siendo consciente de esa inquietud y de esa percepción social, flaco favor le haría yo a la sociedad si no aplicara el derecho siendo administración. Eufemiano Fuentes me pidió aquí, en este mismo despacho, que vulnerara la ley. Yo no voy a traspasar esa línea roja.