AFE denuncia el convenio para renegociar sus puntos
El sindicato ha denunciado este jueves el documento para evitar que se renueve automáticamente y poder mejorar algunos de los apartados que recoge.
La Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) ha denunciado el convenio colectivo de fútbol femenino español en la tarde de este jueves. Se trata de una medida necesaria para evitar la renovación automática del convenio y retomar las conversaciones de la mesa negociadora. El sindicato quiere luchar por cambiar y mejorar algunos puntos como el salario mínimo (16.000 euros brutos anuales al 75% de parcialidad), el plus por antigüedad, la conciliación familiar y maternidad, los derechos de imagen o los riesgos laborales, entre otros puntos según pudo saber AS.
Desde el sindicato de las futbolistas también quieren trata la polémica lista y cláusula de compensación, suprimir la citada parcialidad, definir la jornada laboral y el ámbito de aplicación del convenio, con el foco puesto en las jugadoras de los filiales, y los descansos y vacaciones de Navidad. Por otro lado, se quiere lanzar un seguro de cara a incapacidades y la existencia de un fondo de garantía salarial, además de poner en marchas medidas de carácter económico de cara a la Liga profesional de la próxima temporada y firmar un compromiso sobre las apuestas y amaños.
Cabe recordar que este documento, histórico y pionero en el mundo, se firmó hace ahora un año tras diecisiete meses de largas y duras negociaciones. Con una presentación oficial por todo lo alto en el Congreso, hubo que esperar para asistir a su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), donde su aparición se retrasó hasta el mes de agosto por los retrasos provocados por la pandemia.
En su rúbrica participaron la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE), Futbolistas ON y la Asociación de Clubes de Fútbol Femenino. Las tres partes fueron miembros de la mesa negociadora, en la que durante más de un año se han vivido sensaciones de todo tipo, con una huelga de las jugadoras entremedias. También estuvo durante las negociaciones del convenio UGT, que se quedó fuera de la firma por desavenencias en el texto y volverá a sentarse en la mesa para trata mejoras en el convenio.
Los puntos claves de este convenio colectivo
- Será de carácter retroactivo, con fecha de aplicación del 1 de julio de 2019. Finalizará el día 30 de junio de 2020.
-Prórroga y ultraactividad. El presente Convenio Colectivo quedará prorrogado en su totalidad por períodos sucesivos de una temporada futbolística (1 de julio a 30 de junio del año siguiente) si no fuera denunciado, por cualquiera de las partes, con al menos tres meses de antelación a la fecha de su finalización o a la de cualquiera de sus prórrogas. Durante la prórroga del presente convenio se establecerá un incremento del IPC.
- Salario mínimo de 16.000 euros brutos anuales al 75% de parcialidad de la jornada laboral o, lo que es lo mismo, 12.000 euros. En esta línea, también incluye una indemnización para todas las jugadoras que cuentan actualmente contratos con una parcialidad o jornada del 50%, con cambio obligatorio al 75%. Así, los salarios que estén entre 12.000 y 15.999 pasarán a ser de 16.000 euros brutos anuales, aplicándose una subida lineal de 2.000 euros en los que sean de 16.000 a 30.000 euros brutos anuales. La subida salarial afectaría a un 40% de las jugadoras.
- Protocolo de maternidad: En el caso de que una jugadora quede embarazada esta podrá acceder a una renovación automática sin un límite en el contrato. No incluye ningún apartado para la lactancia.
- Plus de antigüedad: el premio de vinculación oscilaría entre los 2.000 euros (6 temporadas) y los 3.500 (9 temporadas o más).
- El ámbito personal de aplicación del convenio: limitado a jugadoras que sean convocadas al menos doce partidos oficiales con el primer equipo o en su caso diez encuentros disputados.
- Descanso de un día y medio semanal y vacaciones de 30 días anuales.
- Jornada laboral: 7 horas diarias/35 horas semanales en cómputo semestral sin incluir los períodos de concentraciones o desplazamientos. En el caso de los partidos como local la concentración no será superior a 24h, siendo de 72h el plazo máximo para partidos como visitante.
- Contraprestación económica para la jugadora del 15% del precio pactado en caso de cesión o los derechos de imagen (necesita el acuerdo entre las partes). En este último caso se establece que para una jugadora que explote en su propio nombre sus derechos de imagen, la cantidad que el club satisfaga a aquella por la utilización de su imagen, nombre o figura con fines económicos tendrá la consideración de concepto salarial.
-Indemnización por muerte o lesión invalidante para cualquier actividad laboral. Con independencia de las indemnizaciones que puedan corresponder a la futbolista profesional o sus herederos, como consecuencia de un accidente con resultado de muerte, invalidez absoluta, que le impida desarrollar cualquier actividad laboral y, siempre que dicho suceso sea consecuencia directa de la práctica del fútbol bajo la disciplina del Club/SAD, éste deberá indemnizarla, o en su caso a sus herederos, con 60.000 € por muerte, 90.000 € por incapacidad absoluta.
-Prevención del acoso laboral.
-Conciliación de la vida familiar y profesional.
-Medidas en caso de situaciones de violencia de género sufridas por las futbolistas.
-Programa de recolocación. Las partes harán los mejores esfuerzos para desarrollar un programa de recolocación de las futbolistas a la terminación de su carrera deportiva.