Los Al Thani pierden un nuevo recurso
La jueza desestima el recurso contra la resolución por la que se nombraba a José María Muñoz administrador judicial de NAS Spain 2000 SL y Nasir bin Abdullah and Sons SL.
La jueza que instruye el caso contra la familia Al Thani ha vuelto a dictar un auto en contra de los intereses del jeque y de sus hijos y le ha tumbado el enésimo recurso. En esta ocasión, el auto del juzgado es en relación al recurso de reforma interpuesto por la defensa de los Al Thani contra la resolución por la que se nombraba a José María Muñoz administrador judicial de las sociedades NAS Spain 2000 SL y Nasir bin Abdullah and Sons SL. NAS Spain 2000 es la compañía propietaria del 96,89% de las acciones del Málaga y que se reparten entre el jeque (el 51% de ese paquete accionarial) y la compañía hotelera BlueBay (49%).
En el auto, la magistrada Ruiz González asegura que la relación entre estas sociedades y el Málaga Club de Fútbol “es clara y manifiesta hasta el punto de que todas las sociedades están regidas en algún momento (mientras están activas) por quienes sus anteriores representantes y trabajadores llaman textualmente en declaración judicial ‘la propiedad’ (así ha quedado también de manifiesto en la documentación aportada por el administrador judicial con posterioridad al dictado del auto de fecha 16 de noviembre). Llama la atención, así, que la parte querellada argumente un abuso de poder posible por parte del administrador judicial, alegando que este nombramiento conduce a un conflicto de intereses, pues actúa como administrador único y socio único, pero a ello habría que preguntarse: ¿No será posible que fueran los propios querellados los que actuaron así en el tráfico jurídico durante años, amparados en la estructura de personas jurídicas que crearon al efecto de procurarse ese control? ¿No existía entonces un conflicto de intereses que les impidiera a los anteriores administradores desarrollar sus funciones con lealtad? La cuestiones a plantearse tras el argumento de la parte recurrente podrían ser infinitas. Lo cierto es que se propone por la parte querellada que se nombre para las dos nuevas empresas administradas (por cierto, algo que sigue llamando la atención de la que suscribe es que en su escrito los querellados hablen en nombre y defendiendo los intereses de la entidad Nassir Bin Abdullah & Sons, S.L., a la que dijeron no poder representar en el acto de la comparecencia) dos personas distintas del actual administrador”.
El recurso presentado por los abogados de la familia Al Thani también incluía la reducción de los honorarios del administrador judicial (252.000 euros), “altísimos” a juicio de los letrados. “Dicha administración no está siendo ejercida en exclusiva por el señor Muñoz, que es el cabeza de dicho cargo, sino que se está auxiliando de todo un equipo de profesionales que forman parte de su equipo multidisciplinar”, suscribe la jueza, que considera la postura de los Al Thani “una evidente incongruencia si tenemos en cuenta lo que cobraban los cuatro miembros del equipo de alta dirección de la SAD (los querellados) por el simple hecho de ser miembros de dicha junta directiva”. La magistrada, por tanto, ha terminado desestimando “en su integridad” el recurso de la defensa del jeque.