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MÁLAGA

El juzgado decreta el embargo de los bienes y acciones de los Al Thani

La jueza considera insuficiente la fianza ofrecida por los abogados del jeque y de sus hijos Nasser, Nayef y Rakan para cubrir los 8,5 millones que les reclama.

Abdullah Al Thani, en los juzgados de Málaga.
MARIANO POZODIARIO AS

El Juzgado de Instrucción número 14 de Málaga ha ordenado el embargo cautelar de los bienes y acciones de los Al Thani en el Málaga para cubrir el importe de la fianza de 8.518.898,04 euros fijada por la jueza que instruye el caso y que a día de hoy no ha sido satisfecha. La magistrada Ruiz González ha notificado esta decisión a través de un auto en el que declara insuficiente la fianza ofrecida por la defensa del jeque y de sus hijos Nasser, Nayef y Rakan y ordena el embargo cautelar de las acciones y participaciones que los Al Thani poseen en el Málaga CF y también en las sociedades NAS Football SL, NAS Spain 2000 SL y Nasir bin Abdullah and Sons SL.

Igualmente, se dictamina el embargo de tres vehículos (un Mini, un Mercedes AGM V8 y un Mercedes E63 AMG) y una motocicleta (Ducati modelo Xdiavel S) propiedad del jeque y de sus hijos y de los 23.568,99 euros que figuran en tres cuentas bancarias, una en el Banco Sabadell a nombre de NAS Spain 2000 con 1.814,96 euros de saldo, otra en CaixaBank a nombre de NAS Football con 2.681,32 euros y una tercera en el Banco Santander a nombre Nasser Al Thani con 19.072,71 euros.

La jueza concede tres días de plazo a los Al Thani para presentar un recurso de forma y cinco días para interponer un recurso de apelación subsidiariamente con el anterior o por separado. “Se faculta al señor administrador judicial y a los agentes de la policía investigadores, si por aquél se considera necesario, para que se personen en las viviendas donde actualmente se encuentran depositados los vehículos (Benalmádena y Benahavís) y procedan a remover los vehículos del lugar donde ahora mismo se hallan y sean trasladados a las dependencias de la entidad Málaga Club de Fútbol SAD, en el Estadio de La Rosaleda, donde quedarán depositados y custodiados por la administración judicial y, en su caso, quien llegado el momento, le sustituya, a disposición de este juzgado”, reza el auto emitido por el juzgado.

Una vez notificada esta resolución, se procederá a la tasación pericial de los bienes y títulos embargados. Ruiz González también ha especificado la prohibición de “de disponer o hacer cualquier acto de gravamen sobre dichas participaciones y acciones, sin previamente ponerlo en conocimiento del administrador judicial nombrado para dichas sociedades, para, en su caso, y si procediere, obtener posterior autorización judicial”.