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MÁLAGA

La jueza desestima las garantías presentadas por los Al Thani para cubrir la fianza

Ruiz González rechaza el inmueble de Doha, solicita información sobre el crédito de 4,2 millones y ratifica la continuidad del administrador durante otro semestre.

Abdullah Al Thani, en el palco de La Rosaleda.
MARIANO POZO

La titular del Juzgado de Instrucción número 14 de Málaga ha desestimado las garantías presentadas por la defensa de la familia Al Thani para cubrir la fianza de 5,4 millones de euros que se le reclama y cuyo plazo para aportarla finalizó este pasado 18 de agosto.

La magistrada Ruiz González también ha rechazado la petición de los Al Thani de recibir información de los movimientos y las decisiones tomadas por el administrador judicial, José María Muñoz. Además, la jueza también ha hecho oficial la prórroga automática de la administración judicial para los próximos seis meses y ha denegado las peticiones particulares realizadas en las últimas semanas por el accionista y abogado Dumet Grayeb y la Asociación Ciriana.

Negativa a las garantías de los Al Thani

La defensa del jeque presentó como garantía para cubrir la fianza requerida de 5,4 millones de euros un inmueble situado en Doha y un crédito de 4,2 millones que ostenta la sociedad Nasir Bin Abdullah & Sons frente a la Junta de Andalucía y que, según los letrados de los Al Thani, pertenece al aval que depositaron para el cumplimiento del concurso del puerto de La Bajadilla, en Marbella.

El auto dictado por Ruiz González recoge en lo referente al inmueble que “la documentación aportada no reúne los requisitos mínimos formales para ser ni siquiera examinada, pues no consta de forma fehaciente y conforme a la normativa española la titularidad de dicho bien, sus datos registrales y la tasación pericial del mismo, sin que sirva de excusa para ofrecer adecuadas garantías la pandemia internacional de la COVID-19 dado el tiempo transcurrido desde que se fijó la fianza”.

Sobre el crédito en cuestión, la magistrada considera que “no se ha acreditado que dicho crédito, de existir (lo que deberá acreditarse por el propio querellado, pues parece que existen problemas procesales respecto de su actual titularidad), pueda ofrecerse como garantía en este proceso, al menos en este momento en que dicha sociedad, pese a los múltiples requerimientos de designación de un representante por parte de los mismos querellados, no está personada en autos, y menos ofrecer ese crédito en garantía de la forma que se ha efectuado. Ello en tanto que no se aporta documentación que acredite la cesión de dicho crédito por la mencionada sociedad a favor del ahora querellado. Sociedad que, como bien conoce el querellado, tiene una personalidad jurídica y un capital distinto que impide la confusión de fondos, bienes y derechos. No obstante, y por economía procesal, líbrese oficio a la Junta de Andalucía y a la entidad Deustche Bank, a fin de que informe a este juzgado sobre la real existencia de dicho derecho de crédito, titularidad de los fondos, su cuantía y la posibilidad de servir de garantía frente a terceros, tal y como alega la defensa”.

En este sentido, la jueza ha vuelto a recordar a los querellados que el 18 de agosto finalizó el plazo concedido “para designación de bienes para cubrir responsabilidades civiles, bajo apercibimiento de embargo, lo que se le recuerda a los efectos oportunos”.

Desestimado el recurso sobre la petición de información al administrador judicial

En un auto del 7 de agosto que también se ha conocido hoy, la jueza ha dejado claro que los datos solicitados por la defensa del jeque y de sus hijos “no tienen por qué ser transmitidos” a los investigados y sí a la propia magistrada. Y añade: “Lejos de no saber nada como alegan los investigados, por el Sr. Administrador se ha presentado informe periódico de cuentas que no ha sido impugnado por la defensa y el correspondiente plan de viabilidad. Ambos informes contienen suficiente información sobre los extremos que se requieren ahora, no siendo esta la vía procesal oportuna”.

Continuidad del administrador judicial al frente de la gestión del Málaga

Recién cumplidos los seis meses del administrador judicial en la entidad, Ruiz González ha confirmado la prórroga automática de la administración judicial del club y, por tanto, José María Muñoz seguirá al frente de la gestión del Málaga durante el próximo semestre. “Constando expresamente en el auto de su nombramiento que la designación del mismo se produce por semestres prorrogables automáticamente, estese a lo acordado en el mismo, sin necesidad de hacer otro pronunciamiento expreso más que el que se recoge en esta providencia”, argumentó.

No a las peticiones de Dumet Grayeb y la Asociación Ciriana

Dumet Grayeb es letrado, accionista del Málaga y está también personado en la querella presentada en su día por la APA (Asociación de Pequeños Accionistas) contra Abdullah Al Thani y varios de sus hijos. Este abogado solicitó días atrás la administración de la parte de las acciones del club que Al Thani adquirió presuntamente con fondos del propio club. Pero la jueza considera que “no ha lugar a lo solicitado, estando ya designado un administrador judicial por auto firme, y no habiendo variado las circunstancias que determinaron dicho nombramiento ni haber razones para que haya una segunda administración de acciones, máxime cuando el solicitante es titular de una sola acción”.

En cuanto al escrito presentado por la Asociación Ciriana a través de la Fiscalía Provincial de Málaga sobre la situación de la Fundación Málaga CF, Ruiz González argumenta lo siguiente: “No ha lugar a proveer sobre el fondo, haciéndosele, en todo caso, saber (para evitar futuros escritos) que la Fundación en cuestión no está ya presidida por el Sr. Al Thani ni nadie de su entorno familiar, tal y como consta ya suficientemente acreditado en autos”.