Otro fracaso de Al Thani: Richard Shaheen no será interventor del club
La jueza ha desestimado el nombramiento de Richard Shaheen como interventor del club. Al Thani tiene tres días para presentar recurso de reforma y cinco para apelar.
La titular del Juzgado de Instrucción número 14 de Málaga ha desestimado el nombramiento de Richard Shaheen como interventor del club, tal y como habían solicitado los abogados de Abdullah Al Thani. La magistrada niega esta petición que apoyaba la Fiscalía y atiende la tesis de la Asociación de Pequeños Accionistas (APA) y el Ayuntamiento de Málaga. El jeque tiene tree días para presentar un recurso de reforma y cinco días para uina apelación,
Como es conocido, una de las primeras decisiones de José María Muñoz, administrador judicial nombrado por la jueza tras el cese de sus funciones de la familia Al Thani el pasado 21 de febrero fue despedir a Richard Shaheen, que era el director general del club nombrado por el sheikh cuyos abogados presentaron dos pleitos, uno contra la sentencia en sí y otro en concreto por el traspaso de Antoñín al Granada que consideran “insuficiente para el club”. Pero los movimientos fueron más allá. Los letrados del jeque pretendían que el exdirector general estadounidense fuera el interventor durante todo este periodo judicial. Una manera de controlar al administrador judicial nombrado por la jueza.
En el auto al que ha tenido acceso As se explica en uno de sus apartados lo siguiente: “El nombramiento de un interventor supondría dar vía libre a la parte querellada para interferir en la finalidad de la medida cautelar adoptada, que quedaría vacía de contenido”. Lo deja claro. Al Thani pretendía controlar al administrador judicial a través de Shaheen.
Y nos vamos a la resolución. “Es por todo lo anterior que procede desestimar íntegramente la petición de la presentación procesal de la defensa del Sr. Al Thani. Vistos los preceptos generales citados y los demás de general y pertinente aplicación, PARTE DISPOSITIVA NO HA LUGAR A LA DESIGNACION DE INTERVENTOR JUDICIAL solicitada por la representación procesal de Sheikh Abdullah Al Thani.
PÓNGASE ESTA RESOLUCION EN CONOCIMIENTO DEL MINISTERIO FISCAL Y DEMAS PARTES, previniéndoles que contra la misma podrán interponer, ante este Juzgado, RECURSO DE REFORMA en el plazo de TRES DIAS y subsidiariamente con el anterior o por separado RECURSO DE APELACION en el plazo de CINCO DIAS. (Lo reflejamos en su literalidad).
Otro revés que se llevan el horroroso presidente/tuitero y sus ociosos hijos.