Ediciones
Resultados
Síguenos en
Hola

OSASUNA

El juez ve indicios para juzgar al expresidente Patxi Izco

El que fuera presidente del Osasuna, pudo disponer supuestamente de más de 900.000 euros del club de manera indebida.

El expresidente de Osasuna, Patxi Izco.
Mikel SaizDiario AS

El titular del juzgado de instrucción número 2 de Pamplona, en un auto de procedimiento abreviado, considera que existen "indicios racionales" para juzgar al expresidente de Osasuna Patxi Izco (2003-2012) por disponer de manera indebida supuestamente de más de 900.000 euros del club.

Esta pieza separada del caso Osasuna se incoó para el esclarecimiento del destino de 2.640.000 euros que se ha constatado que fueron extraídos en metálico de las cuentas del Club Atlético Osasuna durante los años 2003 a 2007.

Por otro lado, a estas actuaciones se acumuló la nueva denuncia interpuesta por el Club Atlético Osasuna por la presunta comisión, por parte de Izco, de un delito continuado de apropiación indebida durante los años 2007 a 2012.

Para el juez, hay indicios racionales de que Izco, de 2003 a 2012, dispuso o autorizó que se dispusiera de aproximadamente 500.000 euros extraídos en metálico de las cuentas del club, sin que conste del destino de ese dinero.

En el auto de apunta que hay indicios de que parte de dicho dinero fue recibido por Izco, para gastos en hoteles, tiendas de ropa de hombre, mujer y niño, tiendas de lencería, vinotecas y otros establecimientos de alimentación, perfumerías, restaurantes, un crucero por el Caribe e, incluso, en una ITV.

Además, parte del dinero habría sido cobrado por Izco como sueldo mensual, cuando ningún precepto estatutario le autorizaba a percibir ese salario ni había ningún acuerdo social que lo permitiera.

Existen, igualmente, indicios de que, en el verano de 2011, Izco cogió de la caja del club 76.611 euros que fueron contabilizados, en diciembre de ese año, bajo el concepto depago a agentes conforme a las indicaciones que el presidente dio al contable, sin que exista ninguna justificación documental del destino dado a esa cantidad.

Del mismo modo, el juez ve indicios de que Izco trató de ocultar estas irregularidades, así como la negativa situación económica de Osasuna, que, de haberse puesto de manifiesto a través de la contabilidad y las cuentas anuales, "hubiera provocado graves problemas tanto al club como a los miembros de la junta directiva, bien ante los propios socios, bien ante la Liga Nacional de Futbol Profesional". Para ello, Izco habría intentado esconder esa realidad, de forma que la contabilidad del club no reflejara la imagen fiel de la situación económica y financiera del club.

En tercer lugar, el juez ve indicios de que el auditor nombrado por Izco, el también investigado Adolfo Suárez Lopetegui, conociendo la existencia de esas irregularidades, aceptó encubrirlas en las sucesivas auditorías que realizó a la entidad, percibiendo como gratificación por decisión de Izco 325.500 euros de las arcas del club.

Esa cantidad la habría recibido a través de una entidad mercantil de nacionalidad holandesa (Castelino BV) con la que el auditor tenía fuertes vinculaciones, al haber actuado en su nombre en algunas ocasiones.

Para ocultar el cobro, se indica en el auto, la mercantil holandesa habría emitido un contrato falso que recogía unos supuestos servicios, no prestados realmente, para la contratación del jugador Jukka Raitala, cedido gratuitamente a Osasuna por su club de origen.

Esos documentos, agrega el juez, fueron firmados por el entonces gerente de Osasuna, Ángel Vizcay, del que existen indicios racionales de que era conocedor de la finalidad última de dicha transferencia. El juez decide por todo ello continuar la tramitación de las diligencias para depurar las responsabilidades penales en que pudieran haber incurrido Izco, Suárez y Vizcay.

Se exculpa no obstante al resto de directivos de Osasuna al estimar el juez que Osasuna era en esa época "una entidad eminentemente presidencialista, en la que la mayoría de las decisiones, al menos las extradeportivas, se tomaban por el presidente y el gerente, no por los restantes miembros de la junta directiva, cuya participación en temas económicos y contables era nula".