RESOLUCIÓN JUDICIAL
La AN de Bizkaia condena a un hincha del PSG a un año de prisión por incidentes en 2011
Otros ocho hinchas del PSG fueron ya juzgados por los mismos incidentes en junio de 2018 y condenados a diversas penas de prisión inferiores a dos años.
La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a un año de prisión a un hincha del Paris Saint Germain por los desórdenes públicos y daños durante los incidentes previos a un partido frente al Athletic de Bilbao el 29 de septiembre de 2011, y ha suspendido la ejecución de la pena durante dos años con la condición de que no cometa otro delito.
Otros ocho hinchas del PSG fueron ya juzgados por los mismos incidentes en junio de 2018 y condenados a diversas penas de prisión inferiores a dos años que también quedaron en suspenso, pero el ahora condenado, Bernardo, no compareció en esa fecha, por lo que, tras llegar a un acuerdo con la Fiscalía, el juicio contra él se celebró el 28 de septiembre del pasado año.
La sentencia considera probado que el acusado y el resto de los hinchas se dirigieron en las horas previas al partido a la zona de las calles Licenciado Poza y Doctor Areilza de Bilbao, y, con ánimo de alterar el orden público comenzaron a golpear violentamente el mobiliario, tanto urbano como perteneciente a diversos establecimientos hosteleros, y arrojaron todo tipo de objetos contundentes contra las fachadas y los transeúntes.
Los aficionados del PSG arrojaron sillas y mesas de una terraza contra los clientes, y agredieron a uno de ellos, a quien causaron una herida en la frente. Después golpearon a otro hombre que se encontraba tomando una consumición y le provocaron un traumatismo cráneo-encefálico sin fractura craneal, una herida en el cuero cabelludo y una luxación anterior de la cabeza humeral izquierda, por lo necesitó de tratamiento quirúrgico.
Por todo ello, la Audiencia de Bizkaia condena a Bernardo a seis meses de prisión por un delito de desórdenes públicos y a dos penas de tres meses de cárcel por otros tantos delitos de lesiones, aunque suspende su ejecución por un periodo de dos años con la condición de que no cometa otro delito en ese plazo.