¿En qué casos puedes viajar con el DNI caducado y a qué destinos puedes volar?
Desplazarse a destinos nacionales con el DNI fuera de fecha es perfectamente legal, y lo mismo ocurre con el pasaporte. Ahora bien, la cosa se complica si la persona viaja a la Unión Europea (UE) o el espacio Schengen.
El Documento Nacional de Identidad (DNI) es un documento personal, público y oficial que prueba la identidad, los datos del titular y su nacionalidad española, obligatorio para los mayores de 14 años. En función de la edad del usuario, este documento intransferible tiene una validez determinada: dos años, cuando el solicitante no haya cumplido los cinco años de edad; cinco años, cuando el titular haya cumplido los cinco años de edad y no haya alcanzado los treinta en el momento de la expedición o renovación; diez años, cuando el titular haya cumplido los treinta y no haya alcanzado los setenta, y permanente cuando el titular haya cumplido los setenta años.
Aunque pueda parecer extraño, tener el DNI caducado no nos impide viajar en determinadas situaciones. De hecho, todo depende de las características del viaje que vayamos a realizar, del territorio por el que nos movamos y de la normativa de las empresas con las que hemos contratado el viaje.
El carné de conducir, la alternativa en España
Según el Ministerio de Transportes, desplazarse a destinos nacionales con el DNI fuera de fecha es perfectamente legal, y lo mismo ocurre con el pasaporte. Es más, bastaría con enseñarlo al inicio del viaje en el preceptivo control de identidad y de documentos.
Desde esta entidad, añaden otro supuesto al momento de identificación que también sería válido para reconocernos: el carné de conducir. Y es que este tiene vigencia dentro de nuestro territorio en este ámbito, ya que en otros como la banca o la administración no ocurre lo mismo.
Opciones en caso de no tener el DNI vigente
Sin embargo, es importante leer con atención las condiciones del viaje para saber si la compañía del tren, avión o autobús con la que viajamos permite a sus clientes emprender el viaje con el documento de identidad caducado, puesto que podría darse el caso de que la empresa, en su normativa de viajeros, nos prohibiera el embarque si no tenemos el DNI vigente.
En este supuesto, tenemos tres opciones. En primer lugar, perder el vuelo y poner la correspondiente denuncia (ganaríamos, porque la ley está de nuestra parte). En segundo lugar, negociar con la compañía para encontrar una solución. Por último, aceptar sus condiciones.
La Unión Europea (UE) o el espacio Schengen
Es por ello que es aconsejable ponerse en contacto con la empresa con la que viajamos para aclarar las dudas y tener prevista esta situación. Ahora bien, la cosa se complica si la persona viaja a la Unión Europea (UE) o el espacio Schengen. En este tipo de vuelos no se acepta el carné de conducir.
Los vuelos origen España y destino a un país de la UE o Schegen deberán conformar su identidad mediante pasaporte o DNI en vigor. Curiosamente, podrán viajar con pasaporte caducado (hasta cinco años) los pasajeros a destinos como Alemania, Austria, Bélgica, Francia, Holanda, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Malta, Mónaco, Portugal, Suecia y Suiza. En los vuelos a un país tercero, el pasajero deberá presentar el pasaporte o documento de viaje válido en vigor o cualquier otra documentación que exija el país vecino.